Hacen llamado a Constituyente Originaria

Zelideth Cortez
08 de noviembre 2014 - 08:37

El próximo martes 18 de noviembre, los representantes del Movimiento Independiente de Refundación Nacional (Miren),realizarán el primer cabildeo abierto en pro de una Constituyente Originaria.

La actividad se realizará en la Plaza Porras desde las 3:00 p.m. Uno de los que encabeza esta movimiento es el catedrático universitario Juan Jované quien ha señalado que la importancia de "impulsar una Constituyente Originaria, para refundar el Estado y poner las riquezas del país, al servicio de las grandes mayorías".

El economista plantea un nuevo modelo de democracia popular y participativa, incluyente, donde sea el pueblo panameño, por primera vez en su historia, el dueño del poder público.

Dicho en otras palabras, que se realice un acto soberano en donde sea el pueblo que decida que quiere hacer con el país y como debe organizarse para brindar seguridad y prosperidad a todos los panameños.

Constituyente Paralela: la propuesta de Varela

En la actualidad, la Constitución de Panamá, no habla de una Constituyente Originaria, pero sí se refiere a una Constituyente Paralela.

De hecho, el presidente de la República, Juan Carlos Varela, durante su campaña política promovió el desarrollo de la una Constituyente Paralela que "fortalezca la separación de poderes e impulse la descentralización".

La convocatoria para el desarrollo de esta Asamblea Constituyente sería para julio del 2015, aunque el pasado 3 de noviembre, el mandatario de la Nación reiteró que "todo dependerá del ambiente político".

Lo que dice la Constitución

En la Constitución Nacional en su artículo 313 se establece que la iniciativa para proponer reformas constitucionales corresponde a la Asamblea Nacional, al Consejo de Gabinete o a la Corte Suprema de Justicia.

La idea de impulsar una constituyente originaria no aparece en la Carta Magna pero sí en el artículo 314 se refiere a los parámetros para convocar a una Asamblea Paralela.

Esta Asamblea Constituyente Paralela solo podrá ser convocada por el Órgano Ejecutivo y ratificada por la mayoría absoluta del Órgano Legislativo, o por el Órgano Legislativo con el voto favorable de dos terceras partes de sus miembros.

También se podrá llamar a una Asamblea Constituyente Paralela por iniciativa ciudadana, la cual deberá ser acompañada por las firmas de, por lo menos, el veinte por ciento de los integrantes del Registro Electoral correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a la solicitud. En este caso, los peticionarios tendrán hasta seis meses para cumplir con este requisito de conformidad con el reglamento que al efecto expida el Tribunal Electoral.

Le corresponderá al Tribunal Electoral acoger la iniciativa propuesta y hacer la convocatoria a la elección de constituyentes, en un término no menor de tres meses ni mayor de seis meses desde la formalización de la solicitud de convocatoria.

Esta Asamblea estará integrada por sesenta constituyentes, quienes deberán representar proporcionalmente a los panameños de todas las provincias y comarcas, de acuerdo con la población electoral, y se permitirá, además de la postulación partidista, la libre postulación.

Propuestas congeladas

Cabe señalar que en la pasada gestión gubernamental, fueron nombrados un grupo de Notables para analizar y proponer cambios a la Constitución Nacional.

La Comisión de Notables estuvo integrada por 11 comisionados que durante 9 meses estudiaron, debatieron y propusieron cambios a la Carta Magna.

Las nuevas modificaciones propuestas promulgaban una Constitución de 590 artículos, repartidos en 21 títulos adjunto a ciertas disposiciones transitorias.

Entre los cambios que se proponían estabala creación de una Corte Constitucional que se encargará de preseleccionar a los candidatos a la Corte Suprema de Justicia, Procurador de la Administración, Fiscal General , entre otros funcionarios, que en la actualidad son nombrados directamente por el Ejecutivo.

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