'No es discriminatorio ni inconstitucional evitar el matrimonio igualitario', Porcell

La procuradora presentó su análisis jurídico a la Corte Suprema de Justicia

'No es discriminatorio ni inconstitucional evitar el matrimonio igualitario', Porcell

La procuradora general de la Nación, Kenia Porcell, se pronunció contra el matrimonio igualitario.

Porcell señaló que “no es dable el reconocimiento de dichas uniones” por “quebrantar el ordenamiento jurídico interno”.

La procuradora añade que prohibir las uniones entre parejas del mismo sexo no representa ningún tipo de discriminación ni violación a los Derechos Humanos.

Enfatiza que el matrimonio “ha sido concebido y reglamentado de manera especial para parejas de distinto sexo que mediante acuerdo de voluntades desean formar una familia”.

Esta opinión fue emitida en una vista fiscal dirigida al magistrado presidente de la Corte Suprema Justicia el pasado 2 de mayo de 2017 como respuesta a la demanda de inconstitucionalidad presentada por la firma de abogados Morgan & Morgan contra artículos del Código de la Familia que prohíben las uniones entre parejas del mismo sexo.

Hay dos puntos fundamentales sobre los que se pronuncia Porcell. Uno de ellos es el reconocimiento de matrimonios de parejas del mismo sexo celebrados en otros países. Sobre esto, la procuradora arguye que no se puede reconocer algo que vaya en contra de lo establecido en la jurisdicción panameña.

El otro punto al que se refiere Porcell, es el corazón del debate. La demanda de Morgan & Morgan cita el artículo 19 de la Constitución panameña, que señala que “no habrá fueros o privilegios, ni discriminación por razón de raza, nacimiento, discapacidad, clase social, sexo, religión o ideas políticas”.

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En base a esto, los abogados manifiestan que los artículos del Código de la Familia que definen matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, así como prohibir específicamente el matrimonio entre personas del mismo sexo, van en contra de la Constitución, máximo referente legal de nuestro país.

También apuntan al artículo 56 de la Constitución, el cual señala que “El Estado protege el matrimonio, la maternidad y la familia. La Ley determinará lo relativo al estado civil”.

El detalle está que el artículo 19 no habla de orientación sexual. Esta omisión convierte el debate en un tema de interpretación. Para Porcell, no dejar que se casen parejas homosexuales no representa ningún tipo de discriminación ya que no se “desmejora la condición de la persona o grupo de personas”. Bajo esta interpretación, el matrimonio sería un privilegio, ventaja o excepción para favorecerlos.

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