Trece cosas que le conviene saber si celebrará los carnavales en la capital

Culecos en la Cinta Costera.
Culecos en la Cinta Costera. / TVN Noticias

La Alcaldía de Panamá emitió este martes el decreto 4 de 2017, que regula la celebración de los carnavales en la ciudad capital. Estas son las cosas que la norma plantea, y que debe conocer si planea quedarse en la urbe para el festivo.

  1. El sábado 25, domingo 26, lunes 27 y martes 28 de febrero la Cinta Costera estará cerrada por las actividades del Carnaval. Lo mismo pasará en la Avenida Balboa, entre las calles 22 y 32 este.
  2. Sólo podrá entrar al perímetro del Carnaval por la Avenida 3 de Noviembre, Calle 26, Calle 30 y Calle 32.
  3. Los culecos serán entre las 10:00 a.m. y 3:00 p.m. únicamente. No puede llevar ningún arma con o sin permiso a ninguna zona de mojadera.
  4. No podrá teñirse el cuerpo ni siquiera parcialmente y no podrá ensuciar a nadie. Tampoco puede lanzar harina o confeti.
  5. Después de las 6:00 p.m. no puede usar máscaras que oculten su rostro o que le hagan difícil de reconocer.
  6. No puede usar látigos, jeringuillas o cualquier otro “mecanismo de coacción” para pedir plata. Es decir, la práctica de los “resbalosos”.
  7. No puede vestir disfraces que le hagan parecer un agente de la fuerza pública (policía, DIJ o bombero).
  8. Si venderá comida en la ruta del desfile: no puede poner bocinas ni nada parecido. Fuera de ella, podrá comprar en cualquier sitio a cualquier hora.
  9. Sólo los puestos autorizados pueden vender licor. Y únicamente los pueden despachar en envases plásticos.
  10. Los fuegos pirotécnicos sólo los puede lanzar la Autoridad de Turismo entre las 8:00 p.m. y 10:00 p.m. en la entrada del tramo marino de la Cinta Costera y en la Fuente del Chorro.
  11. El 25 y 26 de febrero sólo laborarán las corregidurías de El Chorrillo, Alcalde Díaz y Pedregal, y el 27 y 28 las de Ancón, Ernesto Córdoba y 24 de Diciembre.
  12. Si desea hacer bulla con equipo de sonido (fuera de la ruta del Carnaval) tendrá ente 9:00 p.m. y 5:00 a.m. si es con fin comercial, recreativo, social o benéfico, y entre las 9:00 p.m. y 12 medianoche por celebraciones familiares.
  13. Si incumple este decreto pagará entre $25 y $1,500.
Si te lo perdiste
Lo último
stats