Anulan indagatorias a Mulino y Garúz por infracción de la fiscalía

La fiscal Zuleyka Moore debió concluir las investigaciones por la compra de los radares el 22 de septiembre de 2015.
La fiscal Zuleyka Moore debió concluir las investigaciones por la compra de los radares el 22 de septiembre de 2015.

La declaración indagatoria y detención preventiva de José Raúl Mulino y Alejandro Garúz, exministro y exviceministro de Seguridad respectivamente, fueron anuladas por el Juzgado Quinto Penal.

Mediante resolución del 3 de febrero pasado, el juez quinto penal Enrique Paniza decretó la nulidad parcial del expediente donde se investiga las presuntas irregularidades cometidas en el contrato de compra de 19 radares por 125 millones de dólares, debido a que la fiscal tercera anticorrupción, Zuleyka Moore, excedió el plazo para la investigación.

Esta decisión de decretar la nulidad, se dio en un fallo aparte, de los otros dos en que se le reemplazó la detención a Mulino y el arresto hospitalario a Garúz por medidas cautelares de país por cárcel y casa por cárcel.

Más de un año investigando

Según el fallo que decretó la nulidad y al que TVN-2.com tuvo acceso, la investigación inició el 12 de agosto de 2014 y por un plazo de cuatro meses.

Cumplido ese término, la fiscalía pidió una prórroga y el 21 de enero de 2015, el juzgado le dio un plazo de 8 meses para continuar las investigaciones.

El plazo de 8 meses comenzó a correr desde el día siguiente, es decir el 22 de enero del año pasado y concluyó el 22 de septiembre.

La fiscal Moore solicitó una segunda prórroga el 16 de septiembre de 2015, esa petición fue negada por el juez Paniza el 28 de octubre. Moore apeló y el Segundo Tribunal, en resolución del 16 de diciembre pasado, confirmó el rechazo de la prórroga.

Mientras todo esto se resolvía, Moore indagó a Mulino los días 22, 23 y 26 de octubre del año pasado. En ese último día ordenó la detención preventiva de Mulino.

En tanto que Garúz fue indagado el 21 de octubre y amplió su declaración el 6 de noviembre.

Ahora, el juez Paniza decretó la nulidad a partir de la foja (página) 3997, es decir que no es válido todo lo actuado por la fiscalía después del 22 de septiembre de 2015, cuando se cumplió el plazo de ocho meses.

Por esa razón, son nulas las declaraciones indagatorias y las medidas cautelares de detención preventiva aplicadas Garúz y Mulino. Además quedan anuladas todas las diligencias y documentos recabados después de esa fecha.

‘Infracción al debido proceso’

“Las actuaciones que corren en el proceso penal bajo examen, a partir de la foja 3997 son nulas, ya que se hicieron en contravención del trámite legal correspondiente, al instruirse dichas investigaciones fuera del tiempo otorgado al despacho”, dijo Paniza.

El juez advirtió que hubo omisiones de la fiscal Moore al no enviar el expediente en la fecha indicada. “Este tribunal reconoce la existencia de nulidad procesal relativa ante la existencia de una infracción al debido proceso”, indicó.

Esta resolución que decreta la nulidad parcial del expediente de los radares, aún no está en firme, pues debe ser notificada a la fiscalía.

Fuentes oficiales del Ministerio Público informaron que la fiscal Moore “cumplirá con el término que permite la ley para decidir (si anuncia apelación)”.

Según fuentes del órgano judicial, la fiscalía tiene dos días hábiles para anunciar la apelación y otros 3 días para presentar por escrito la sustención de las tres resoluciones dictadas por el juez Paniza: la medida cautelar de país por cárcel a Mulino, la casa por cárcel a Garúz y la nulidad parcial del expediente.

La apelación debe ser resuelta por el Segundo Tribunal Superior. Mientras eso ocurre, Mulino y Garúz siguen detenidos.

El 22 de enero de este año, la fiscal Moore concluyó las investigaciones y envió el expediente al juzgado pidiendo llamamiento a juicio para Garúz y Mulino.

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