Publican en Gaceta Oficial ley que regula actividad de los call centers

Publican en Gaceta Oficial ley que regula actividad de los call centers
Publican en Gaceta Oficial ley que regula actividad de los call centers / PGBS

Este viernes 19 de octubre se publicó en Gaceta Oficial la Ley 52 de 17 de octubre de 2018, que regula la actividad de los centro de llamadas para uso comercial (call centers).

De acuerdo a la legislación, quienes aspiren a una concesión para prestar el servicio deberán presentar la solicitud ante la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP).

Quienes cuenten con la concesión estarán libres de impuestos directos e indirectos, con algunas excepciones. Deberán pagar un 5% de impuesto de dividendos, 2% del impuesto complementario, un impuesto anual de .5% del capital de la empresa (máximo de 50 mil dólares), el impuesto selectivo al consumo de ciertos bienes y servicios, ITBMS, impuesto de inmuebles, aportes al Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI), y contribuciones derivadas de relaciones entre empleador y trabajador a la seguridad social.

También estará sujetas al régimen de precios de transferencia.

Los extranjeros que comprueben haber invertido 250 mil dólares o más en un call center tendrán derecho a solicitar un permiso de residente permanente en calidad de inversionista.

También se otorgarán visas de corta estancia, válida por 9 meses, a quienes deseen venir a Panamá para evaluar las posibilidades de inversiones o efectuar transacciones o negocios relacionados con call centers.

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