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Ejecutivo oficializa aumento de salario mínimo

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Fotografía de Archivo/TVN

Este miércoles, se oficializó el nuevo aumento al salario mínimo en diversos sectores económicos del país, a través del Decreto Ejecutivo N° 293 del 22 de diciembre de 2015.

El Decreto Ejecutivo, señala que luego de que se llegara a un consenso entre el sector sindical, empresarial y el gobierno, se fija el nuevo salario mínimo que deberá regir a partir del 1 enero de 2016 en todo el territorio nacional.

La semana pasada, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), informó sobre el incremento de 8.5% al salario mínimo en todas las actividades económicas, con excepción de las pequeñas empresas, actividades bananeras y servicios domésticos, los cuales debían ser acordados por el Ejecutivo.

El Órgano Ejecutivo, definió las tasas de salario mínimo por hora, según actividad económica, ocupación y tamaño de la empresa, dividiendo las aportaciones en dos regiones:

En el caso de las trabajadoras domésticas, a partir de enero del próximo año podrán percibir un nuevo ajuste de 250 dólares mensuales, para los principales distritos de todo el país; mientras que para el resto del país se definió el ajuste salarial en 225 dólares mensuales.

Las pequeñas empresas, serán reconocidas como tal, siempre y cuando, cuenten con 10 o menos trabajadores permanentes o de planta si se trata de empresas agrícolas, pecuarias, servicio o ventas al por menor; 15 o menos si son empresas manufactureras y 20 o menos si son empresas agroindustriales.

No serán consideradas pequeñas empresas, aquellas de ventas de servicios bancarios, financieros, de ahorro y crédito, pólizas de seguros y reaseguros, bienes- raíces y administración de inmuebles; así como empresas de informática, publicidad y ventas de mercancías al por mayor.

Incrementos por región

Las tasas que procedemos a detallar y que se encuentran estipuladas en el Decreto Ejecutivo, constituye la remuneración mínima en dinero que se debe pagar a los trabajadores, por lo que modifican los salarios inferiores, estipulados en cualquier contrato laboral:

Ejemplos prácticos

El Secretario General del Mitradel, Samuel Rivera, presentó a manera de docencia algunos ejemplos:

Sí una persona trabaja 45 horas a la semana en un internet café, su nuevo salario será de $2.43 por hora, la fórmula para calcular la tasa mensual sería la siguiente:

2.43 x 45 horas x 4.3333 = $473.85, lo que representa un incremento de $37.05 al mes.

Otro caso sería, sí la persona labora en un almacén y tiene 15 trabajadores, la nueva rata salarial es de 2.55 por 48 horas, su monto a percibir por semana será de $122.40 multiplicado por 4.3333, por lo que devengaría al mes $533.40, alcanzando está actividad un incremento de $41.60.

Cabe destacar que el consenso en la Comisión de Salario Mínimo, se logró tras meses de diálogo entre empresarios, gobierno y trabajadores.

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