'No existe el derecho a tener hijos', dice la Iglesia Católica de Costa Rica

La fecundación in vitro fue prohibida por la Sala Constitucional en el año 2000, pues interpretó que la vida comienza desde la concepción y que la técnica médica permitía desechar o destruir seres vivos.
La fecundación in vitro fue prohibida por la Sala Constitucional en el año 2000, pues interpretó que la vida comienza desde la concepción y que la técnica médica permitía desechar o destruir seres vivos. / EFE
Efe
03 de marzo 2016 - 15:03

La Iglesia Católica de Costa Rica publicó hoy un comunicado en el que afirma que "no existe el derecho a tener hijos" y critica a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) por avalar la fecundación in vitro (FIV) en el país.

"Hemos manifestado nuestra solidaridad con los sufrimientos de los matrimonios que no pueden tener hijos, sin dejar de ser claros en que no existe el derecho a tener hijos, sino el derecho del hijo a ser procreado en el respeto de su dignidad", indica el comunicado firmado por el arzobispo de San José, José Rafael Quirós.

La CorteIDH emitió el lunes un fallo en el que valida un decreto con el que el Gobierno regula la fecundación in vitro, pero que había sido anulado por la Sala Constitucional el pasado 3 de febrero con el argumento de que ello le correspondía al Congreso.

El Arzobispo Quirós aseguró hoy que la CorteIDH "impuso a Costa Rica criterios que riñen con nuestras raíces éticas y jurídicas y comprometen nuestra arraigada conciencia de defensa de la vida humana, como don de Dios".

Quirós expresó que el tribunal internacional "soslayó" las consideraciones "que resguardaban la actitud ética de respeto y cuidado de la vida, de la dignidad y de la integridad del embrión humano".

Según Quirós, la fecundación in vitro permite el congelamiento de embriones, la experimentación con ellos y su destrucción, lo que hace ver la vida como "una cosa".

El decreto que regula el procedimiento en Costa Rica prohíbe que los óvulos fecundados sean desechados, comercializados, destruidos, clonados, alterados genéticamente, que se experimente con ellos, y tampoco se podrá realizar selección genética y la fisión.

El texto da un máximo de dos años a la Caja Costarricense del Seguro Social para implementar la técnica médica en los hospitales públicos, mientras en los privados se podrá llevar a cabo una vez que cuenten con los permisos respectivos.

Al procedimiento podrá acceder cualquier mujer mayor de edad, soltera o con pareja, pero con algunos requisitos como ser infértil y haberse sometido a otras técnicas menos invasivas, y solo permite la transferencia a la mujer de dos óvulos fecundados.

La decisión de la CorteIDH fue celebrada por el Gobierno como "un logro histórico", y se le ha unido el Colegio de Médicos y el grupo de parejas con problemas de infertilidad que demandó al Estado ante el tribunal internacional.

La fecundación in vitro fue prohibida por la Sala Constitucional en el año 2000, pues interpretó que la vida comienza desde la concepción y que la técnica médica permitía desechar o destruir seres vivos.

En 2012 la CorteIDH sentenció a Costa Rica al encontrarle culpable de violar el derecho a la vida privada y familiar, a la integridad personal en relación con la autonomía personal, a la salud sexual, al de gozar de los beneficios del progreso científico y tecnológico y al de no discriminación.

Los jueces le ordenaron al Estado reactivar la técnica médica, pero dos proyectos de ley al respecto se encuentran estancados en el Congreso desde hace un par de años debido a la oposición de un bloque de diputados de tendencia cristiana.

Ante este panorama, el Gobierno optó por regular la técnica por decreto, sin que ello signifique que no se pueda aprobar una ley.

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