Anteproyecto de ley busca bajar de 7 a 3 años la prescripción de los créditos

La iniciativa fue presentada por el diputado Luis Cruz.

Luis Cruz, diputado del Partido Revolucionario Democrático.
Luis Cruz, diputado del Partido Revolucionario Democrático. / Cortesía Asamblea Nacional.

Un anteproyecto de ley que busca darle la oportunidad de tener historiales de créditos sanos a las personas que cumplan con sus obligaciones o se sometan a arreglos de pago, fue presentada ante el pleno de la Asamblea Nacional, por el perredista Luis Cruz.

La iniciativa modificaría la ley 24 de 2002, que rige la Asociación Panameña de Crédito (APC) y en términos generales incluye:

  • Bajar el término de prescripción de las deudas de 7 a 3 años.
  • Promover que una vez cancelada la deuda se establezca de manera inmediata un historial de crédito sano, aun cuando se haya tenido inconsistencias en el periodo de pagos.
  • Si algún cliente se somete a algún arreglo de pago, deberá constar en el registro y no se tome como mala referencia, como está en la actualidad.

De acuerdo con el diputado, lo que busca con el anteproyecto es regresar al sistema económico a personas que por factores ajenos a su voluntad han tenido retrasos en deudas.

El Anteproyecto, busca que los datos suministrados por los agentes económicos, los manejados por las agencias de información de datos y los generados por transacciones de carácter económico, financiero, bancario, comercial o industrial deberán ser exactos y actualizados, de forma que respondan con veracidad, a la situación real del consumidor o cliente.

El documento sustentado por el diputado Luis Rafael Cruz, expone que los datos sobre el historial de crédito de consumidores o clientes incorporados en una base de datos prescribirán a los tres años, contados a partir de la fecha en que debió realizarse el primer pago, transcurrido este plazo el dato será excluido del sistema.

No podemos permitir que se siga castigando al pueblo. La idea es que puedan continuar siendo sujetos de crédito, una vez cancelen sus responsabilidades" expresó.

Sostuvo que ha escuchado casos en donde por veinticinco centavos de una empresa telefónica le han denegado créditos de casas a familias que anhelan un hogar.

La propuesta adiciona al artículo 29 de la ley, que cuando el consumidor o cliente cancela la deuda al agente económico, este en coordinación con la agencia de información de datos deberá hacer las actualizaciones del historial de crédito durante los tres días siguientes al pago y de no efectuarse se considera una falta grave y el Ministerio de Comercio e Industrias aplicará las sanciones establecidas en la ley.

Dichas sanciones van desde una amonestación escrita o con multas que van desde los B/.1,000.00 a 5,000.00 la primera vez y si las infracciones son muy graves a ésta norma, las mismas serán de B/. 5,000.00 a 10,000.00 balboas.

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