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Asamblea Nacional.
La normativa establece en su artículo 1, crear el "SIPREC" y a través de este, permitir a los habitantes del territorio nacional conocer y comparar las diferentes opciones de precios de los productos que deseen adquirir y su respectivo punto de venta, por medio de la utilización de plataformas tecnológicas.
También indica en su artículo 3, que la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia será la responsable de crear e implementar el "Sistema Informático de Indicadores Públicos de Precios al consumidor de Artículos de la Canasta Básica Familiar de Alimentos "SIPREC".
La Autoridad Nacional para la Innovación Gubernamental apoyará a la Autoridad de Protección del Consumidor y de Defensa de la Competencia en el proceso de creación de esta plataforma tecnológica.
Además, en su artículo 6, que la Autoridad de Protección al Consumidor Defensa de la Competencia, divulgará a través del sistema informático creado por la presente ley, como mínimo, con el uso de tecnologías de la información en tiempo real y para consulta a través de dispositivos móviles y demás herramientas informáticas de fácil acceso. la siguiente información por producto:
Es aprobado en tercer debate el Proyecto de Ley No. 182, que crea el Sistema Informático de Indicadores públicos de precios al consumidor de artículos de la canasta básica familiar de alimentos. pic.twitter.com/YAwMfZcuC8
— Asamblea Nacional (@asambleapa) January 6, 2021