Comisión de la Mujer acoge informe por acusaciones de supuesto acoso sexual en entes de seguridad

Asamblea acoge informe por acusaciones de supuesto acoso sexual en entes de seguridad
Asamblea acoge informe por acusaciones de supuesto acoso sexual en entes de seguridad / Foto/Asamblea Nacional

A fin de adelantar gestiones por acusaciones de supuesto acoso sexual dentro de algunas instituciones de seguridad. la Comisión de la Mujer de la Asamblea Nacional, acogió el informe de la subcomisión integrada por los diputados Corina Cano, Gabriel Silva y Ana Giselle Rosas.

En esta sesión también fue acogido el informe de la subcomisión de los proyectos de Ley No. 587 y 588, fueron fusionados y aprobados en primer debate por la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia. Este proyecto brinda acceso integral a la gestión menstrual y dicta otras disposiciones

Se acogió el informe y se aprobó en primer debate, los proyectos de Ley No. 235 que reforma la Ley 42 de 2012, reformada por la Ley 45 de 2016, General de Pensiones Alimenticias, y el Proyecto de Ley No. 586 que modifica la Ley 42 de 2012, General de Pensión Alimenticia.

Tras la elaboración del informe se robustecieron los documentos sobre algunas dificultades que están teniendo los juzgados de familia; dado que lo que se busca es que los jueces y magistrados tengan las herramientas para poder ejecutar, principalmente el problema que hay con los desacatos en las pensiones alimenticias.

Así como hacer frente a la ejecución de aquellos acuerdos presentados, que han suscripto la parte en los procesos de divorció para que sean de obligatorios cumplimientos.

También se aprobó en primer debate el proyecto de Ley No. 478, que modifica el numeral 9 y 10 del artículo 212 y del artículo 218 del Código de la Familia.

De modificarse el articulo 9 de esta legislación quedaría de la siguiente manera: Podrá solicitarse por uno o ambos cónyuges, cuando cualquiera de ellos lo reclame, manifestando su voluntad de no querer continuar con el matrimonio, sin que se requiera señalar la causa por la cual se solicita, siempre que haya transcurrido al menos tres (3) meses desde la celebración del mismo, solicitándolo personalmente sin necesidad de apoderado legal, en cuyo caso, el Juzgado dará el formulario de requisitos que debe ser llenado, para su debido tramite expedito.

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