Asamblea debatirá modificaciones a Ley de Contrataciones Públicas

Los primeros artículos que fueron aprobados de La Ley de Contrataciones Públicas
María De Gracia
14 de febrero 2020 - 21:28

La próxima semana continúa el primer debate del proyecto que propone modificaciones a la Ley de Contrataciones Públicas. Ya se aprobaron los primeros artículos.

Entre los dos primeros grupos de artículos aprobados en la Comisión de Comercio de la Asamblea está la incapacidad legal para contratar a empresas y personas condenadas por corrupción. No podrían licitar con el Estado.

Esperemos que esta decisión no sea rechazada en el pleno cuando llegue a segundo y tercer debate. Creo que uno de los talones de Aquiles de los gobiernos es la ley de reformas de contrataciones públicas. Todos sabemos en Panamá que la ley fue modificada efectivamente para permitir los actos de corrupción que hemos vivido en los últimos años”, afirmó el excontralor, José Chen Barría.

Las compañías quedarían incapacitadas cuando hayan sido condenadas por sentencia judicial definitiva por un tribunal panameño o extranjero, “siempre que el delito esté vinculado a las actividades de la empresa o a sus empresas afiliadas”.

Hay que aclarar qué es lo que queremos. Ya se está perfilando un proyecto que ya tiene un número de años, y tiene el requisito que sea una condena en firme. Es decir, no incluye la simple presunción o acusación. Es un modelo, hay otros que son más ambiciosos y en los que desde que la persona no pase una debida diligencia ya no podría contratar. La realidad es que hay que adoptar alguno porque se sigue contratando con empresas que no deberían contratarse, argumentando falta de ley”, opinó el abogado, Carlos Barsallo.

En el caso de personas naturales, quedarían incapacitadas las que hayan sido condenadas por sentencia judicial definitiva en los cinco años que anteceden al acto público por la comisión de delitos contra la administración pública, entre otros.

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