Comienza a regir la restricción de compras por género en todo el país

Compras restringidas por género

A partir de este lunes 21 de diciembre entran a regir las nuevas medidas sanitarias para la movilización ciudadana en todo el país, entre ellas, la limitación del acceso a los establecimientos comerciales al por menor, de acuerdo al género.

“La medida, que comenzará a regir a partir de esta semana, ya que el Gobierno Nacional oficializó a través del Decreto Ejecutivo No. 1684 de 20 de diciembre de 2020, establece que el lunes 21 y miércoles 23 de diciembre solo podrán ingresar a dichos comercios las mujeres; y el martes 22 y el jueves 24 de diciembre, los hombres. En tanto, que el lunes 28 y miércoles 30 de diciembre, lo podrán hacer las mujeres; mientras que el martes 29 y el jueves 31 de diciembre, corresponde a los hombres”, destaca una nota de prensa de la Presidencia de la República.

El referido decreto ejecutivo señala que se mantiene el toque de queda dispuesto por el Decreto Ejecutivo No. 1683 de 18 de diciembre de 2020 y se estable una cuarentena total en todo el territorio nacional en las siguientes fechas: desde las 7:00 p.m. del jueves 24 de diciembre de 2020, hasta las 5:00 a.m. del lunes 28 de diciembre de 2020 y desde las 7:00 p.m. del jueves 31 de diciembre de 2020, hasta las 5:00 a.m. del lunes 4 de enero de 2020.

Agrega el comunicado que, la norma precisa que se permite la circulación de personas en todo el territorio nacional, salvo en el horario de toque de queda y de la cuarentena total.

Se establecen cercos sanitarios en las provincias de Panamá y Panamá Oeste, desde el 23 de diciembre de 2020 hasta el 4 de enero de 2021.

En tanto, para asegurar la medida se instalarán puestos de control en las garitas de la Policía Nacional en el distrito de Chepo (provincia de Panamá) y en el Balneario El Lago, en el distrito de Capira (provincia de Panamá Oeste). También se habilitarán puestos de control sanitario en Divisa, provincia de Herrera; en La Villa, provincia de Los Santos; en el sector Chagres, en la provincia de Colón; y en Viguí, provincia de Chiriquí.

Se advierte de que, durante el periodo de cuarentena, solo se permitirá la apertura al público de las farmacias que funcionan dentro de los hospitales. Las otras farmacias podrán realizar entregas a domicilio (“delivery”) para el despacho de medicamentos.

Además, queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todo el territorio nacional desde las 7:00 p.m. hasta las 5:00 a.m., de lunes a domingo, en horario de toque de queda.

La nueva normativa señala que los establecimientos descritos en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 507 de 24 de marzo de 2020, y sus modificaciones, excluyendo los señalados en los numerales 10,12,29,35 y 36 de dicho artículo, podrán operar durante el toque de queda y la cuarentena total.

Asimismo, el Decreto Ejecutivo No. 1684 de 20 de diciembre de 2020 detalla que, durante el toque de queda y la cuarentena total, se mantendrán los trabajos de construcción y habilitación de obras públicas que son estratégicas para la emergencia sanitaria, tales como la Ciudad de la Salud, el Instituto Técnico Superior Especializado y otros cuyos trabajadores, debidamente identificados por la empresa, estarán excluidos de limitaciones en cuanto a su movilidad para atender estos menesteres.

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