¿Tiene pensado alquilar su vivienda? Esto es lo que debe saber

Entre febrero y mayo de 2017 sólo se reportaron 587 alquileres al Miviot

Se recaudó $1 millón 89 mil en depósitos

Corregimiento de San Francisco, Panamá.
Corregimiento de San Francisco, Panamá. / Municipio de Panamá

¿La última vez que alquiló su vivienda lo reportó al Gobierno? Lo más probable es que ni siquiera el propio Gobierno lo sepa. La industria de alquileres en Panamá se mueve rampante, ahogada en su aparente éxito y sin que las autoridades puedan seguirle la pista. Mientras usted lee este texto, más de 23 mil propiedades se ofertan como renta en "Encuentra 24".

Pero, según la Ley 93 de 1973 sobre arrendamientos, si ha sido o piensa ser un arrendador, está obligado a formalizarlo ante el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) y consignar el depósito ante esa entidad, “una suma igual a un canon (mes) de arrendamiento”, dice la norma.

Sin embargo, estadísticas del Miviot revelan que en entre febrero y mayo de 2017 sólo se reportaron 587 alquileres residenciales. Se recaudó $1 millón 89 mil en depósitos. El promedio de alquileres oficiales es de $1,855.

La cantidad de alquileres formalizados ante el Ministerio de Vivienda es 19 veces menor a la oferta de apartamentos en renta que registra el portal Encuentra 24 (11,244).

En esa misma página hay 4,873 viviendas amobladas, 3,658 casas, 280 casas de playa, y 3,034 cuartos en alquiler.

Esto último es llamado el subarriendo. “Deben registrarlo ante la Dirección General de Arriendos del Miviot, debido a que es una obligación y no una opción”, dice Naydú Rudas, directora de esa oficina del ministerio. El Gobierno intenta romper con la tradición del alquiler ilegal.

Si no lo hace, su alquiler es clandestino. Rudas sostiene que puede ser multado hasta con 10 veces el monto de su arriendo.

El subarrendamiento –dice la Ley 93- es permitido siempre que el arrendador lo autorice. “El subarrendamiento está prohibido siempre que signifique un beneficio adicional para el arrendador o un beneficio directo para el subarrendador”, reza el artículo 22.

Si supera estos problemas usted puede solicitar un permiso de construcción para subdividir la vivienda que alquila, dejó ver la funcionaria, quien aseguró que han realizado más de una decena de operativos en la ciudad.

“La gran cantidad de alquileres clandestinos están localizados en los corregimientos de Parque Lefevre, Bella Vista, Río Abajo, Betania y San Francisco, siendo éste último uno de los lugares más propenso a esta actividad ilegal”, explicó.

Y no sólo es ilegal alquilar una vivienda sin reportarlo al Miviot.

La norma de 1973 prohíbe también que se discrimine a un arrendatario por su nacionalidad, edad, raza, credo político o religioso, sexo o tener niños, pese a que un repaso por algunos anuncios de alquiler revelan que en la práctica la ley es un delirio: hay arrendadores que no quieren extranjeros, prefieren solo damas o parejas sin hijos.

“Es (un tema) de orden público”, sostiene la ley que, pese a todo, está todavía en pie.

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