DGI asegura que entidades financieras no aumentarán gastos por cobro de impuestos

¿Cómo funcionará la retención del impuesto inmueble a partir de enero de 2019? / TVN Noticias

Muchas dudas han surgido luego que fuese publicado en Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo 363 del 4 de diciembre de 2018, que reglamenta la exención del pago de Impuestos de Inmuebles de las fincas que se constituyan en patrimonio familiar tributario o vivienda principal.

La directora encargada de la Dirección General de Ingresos (DGI), Marta Almanza, explicó que una de las bondades de la Ley 66 del 17 de octubre de 2017 (que modifica artículos del Código Fiscal en materia de Impuesto de Inmueble y dicta otras disposiciones), es rebajar las tasas impositivas que existen actualmente.

Por lo que a partir de enero de 2019, se amplía la exoneración del pago de este impuesto para las primeras viviendas o de patrimonio familiar hasta 120 mil dólares; al tiempo que, se asegura una mejor recaudación.

Luis González de la DGI, manifestó que la diferencia entre vivienda principal y patrimonio familiar está en la forma en la que se ha constituido el núcleo. Es decir, si no se ha casado o se encuentra soltero y adquirió una propiedad, esa es su vivienda principal; mientras que si contrajo matrimonio, su vivienda vendría siendo un patrimonio familiar. Lo común entre ambas figuras es que se reside en el lugar.

Gaceta Oficial- Decreto Ejecutivo 363 del 4 de diciembre de 2018.
Gaceta Oficial- Decreto Ejecutivo 363 del 4 de diciembre de 2018.

¿Cómo funcionará la retención?

Según los funcionarios de la DGI, las viviendas que sobrepasan los $120,000.00 pagarán como máximo un 1% y no sobre 2.10% como antes existía.

Ahora bien, esta recaudación ha generado preocupación por el supuesto aumento en los gastos de manejo en las entidades bancarias, financieras y cooperativas, quienes estarán a cargo de la recaudación. Sin embargo, los funcionarios de la DGI aseguraron que "eso no se va a dar y está reglamentado en la ley".

La persona deberá abrir una cuenta en la entidad bancaria, donde las entidades retendrían los fondos, para luego ser remitidos a la DGI, explicaron los funcionarios.

Una vez la DGI emita formalmente la resolución, se podrá registrar la vivienda principal o patrimonio familiar asistiendo personalmente a las oficinas de esta entidad o a través de su página web www.dgi.mef.gob.pa

“Es una realidad que hay que pagar impuestos, la moratoria en los impuestos de bienes inmueble es bastante alta. Es importante la recaudación porque es beneficio de todos”, concluyó González.

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