Conozca beneficios y pasos a seguir para deducción de impuestos por gastos escolares

DGI explica los procedimientos para la recuperación del crédito, en gastos escolares y otros

La supervisora de devolución de impuestos de la Dirección General de Ingresos (DGI), Graciela Arjona, explicó la mañana de este lunes 13 de enero, los beneficios y reglas a seguir para la recuperación de crédito, a través de la deducción de impuestos de gastos escolares y otros.

Según la funcionaria, el beneficio de la deducción de gastos escolares es aplicable no solo a asalariados, también a los comerciantes y a quienes reciben honorarios profesionales, porque es un renglón en la declaración jurada que puede deducirse.

Sin embargo, el beneficio de la recuperación del crédito, es exclusivo de los asalariados, ya que es a estos, a quienes se les retiene impuesto sobre la renta por parte de los patronos; y sobre eso será la recuperación.

La persona deberá esperar el fin del año fiscal para presentar el desglose de sus gastos, cuyo porcentaje será objeto de devolución en efectivo, a través de una cuenta que suministre, siempre y cuando el asalariado declare renta y realice otros trámites.

El rango de recuperación de gastos para los que ganan de 11 mil a 50 mil dólares anual, será del 15% y de 50 mil en adelante el 25% de lo que se presente.

Además de los gastos escolares, las personas podrán deducir siempre y cuando estén respaldados con factura; los gastos médicos.

También los universitarios podrán declarar las horas, créditos y matrículas, siempre y cuando sea contribuyente que sufrague Impuesto Sobre la Renta; sí es dependiente de sus padres hasta los 25 años, estos podrán deducir sus gastos.

Trámites a seguir

El trámite lo realiza el contribuyente, el que debe estar inscrito en la base de datos.

Para inscribirse debe entrar a la plataforma, www.dgi.gob.pa una vez dentro, clikea en iniciar sesión, entra a registro y allí se desplegarán una serie de datos que les pedirán como: el nombre, la cédula, ubicación, correo electrónico entre otros.

Una vez enviado ese documento con fotocopia de su cédula, o un recibo de luz o agua que pruebe la dirección colocada, en un término de dos días la DGI, deberá responder a su correo, la aceptación de la inscripción.

Posteriormente, deberá realizar una firma electrónica que servirá para entrar al sistema, una vez dentro, iniciará el proceso de presentación de declaración jurada de renta, incluyendo los beneficios de la deducción de gastos escolares.

Enviada la declaración jurada y constatada se procede a enviar un memorandum dirigido a el director General de Ingresos, con una certificación de salario del patrono y una documentación de soporte de los gastos escolares originales, y que incluya las facturas o el documento sustituto correspondiente.

Además de certificación de nacimiento de los niños y si tiene becas, colocar los talonarios.

Dicha petición de devolución será analizada en auditoria, luego se procederá a confeccionar una resolución del crédito a otorgar con firma del director General de Ingresos.

Esta resolución será notificada al contribuyente, el cual deberá llenar un formulario para consignar el dinero. Esto se dará en un plazo de 45 días.

Arjona manifestó que estarán realizando jornadas de capacitación en diferentes puntos del país a fin de explicar los procedimientos a seguir para que las personas puedan accesar y contar con el beneficio.

Si te lo perdiste
Lo último
stats