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Defensoría recomienda mayor atención de privados de libertad con trastornos psiquiátricos en La Joya

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Solicitaron espacio físico para la atención adecuada, la contratación de médico psiquiatra. / Foto/Archivo

La Defensoría del Pueblo, recomendó a las autoridades del Sistema Penitenciario, la búsqueda de espacio físico para la atención adecuada, la contratación de médico psiquiatra y la agilización de compra de medicamentos, en el Centro Penitenciario La Joya.

Esto ante inexistencia de condiciones mínimas para albergar a personas privadas de libertad con trastornos psiquiátricos, en este centro penitenciario, situación que fue constatada por el Mecanismo Nacional para la Prevención de la Tortura (MNPT), durante una visita realizada este mes a esas instalaciones.

La recomendación se da con el fin de garantizar el cumplimiento de los estándares de privación de libertad dentro de sus centros penitenciarios para “no incurrir en actos conducentes de tratos crueles, inhumanos o degradantes; mientras que al Ministerio de Salud se le sugirió agilizar las políticas de compra de medicamentos”.

Destaca un comunicado de la entidad, que el pasado 7 de febrero, personal del MNPT observó el caso de una persona privada de libertad que padece de trastornos psiquiátricos, esposada y con grilletes en la mano, desde hace más de dos meses, en la sala de seguridad interna del centro, en condiciones de insalubridad y con iluminación artificial permanente.

En el informe desarrollado se indicó que el privado de libertad no tiene las condiciones mínimas para realizar sus necesidades fisiológicas e higiene personal pues las realizaba en bolsas o “cartuchos” y a la intemperie; además sin ropa de cama ni colchón, pernoctaba en la banca del recinto en el que se encuentra, al momento de la visita, no contaba con los medicamentos antipsicóticos; pero mediante gestión del MNPT se obtuvo los medicamentos en coordinación con el Centro de Salud de Pacora y se logró la reanudación de atención psiquiátrica de la persona privada de libertad.

Esto es contrario a las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos o Reglas Nelson Mandela y a los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas, además de lo dispuesto en la Ley N° 55 de 2003 que reorganiza el Sistema Penitenciario, refiere el documento.

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