Defienden de beneficioso el proyecto sobre patrimonio familiar tributario

Explican sobre nuevo proyecto de ley sobre Patrimonio Familiar / TVN Noticias

El director del departamento de Recaudación de la Dirección General de Ingresos (DGI), Luis González, explicó el proyecto de ley de patrimonio familiar tributario, que se tiene previsto implementar en Panamá y que ha generado diversas críticas.

Dijo que el proyecto tiene como objetivo resguardar la vivienda permanente de las familias de Panamá.

Además se prohíben los revalúos de las viviendas que se constituyen en patrimonio familiar tributario.

Según González, es deshonesto tildar de discriminatorio la iniciativa, ya que a través del proyecto se elevan las tazas de las exoneraciones.

La existente es hasta los 30 mil dólares y con la iniciativa se eleva la cifra de exoneración a 120 mil dólares y más.

El funcionario manifestó que la redacción del proyecto se hizo en base a datos científicos y análisis con relación al impacto de la recaudación, afirmando que no es lo mismo exonerar cien viviendas, que a toda la población.

Ha catalogado el proyecto como beneficioso, porque no hay reavalúos y se bajan las tazas de una manera drástica.

En el caso de una persona soltera que pensando en comprar una vivienda que cueste 120 mil dólares, pagaría de impuesto en la actualidad B/1,783.00, pero con el proyecto que se ha creado pagaría B/630.00 lo que representa un ahorro del 65%.

González dijo que se tiene que pensar en el impacto de la recaudación y que se establezca un proyecto que sea realizable.

También se tiene que pensar en los principios propios que rigen la tributación como lo es el principio de capacidad contributiva.

Destaca que lo que busca el Estado es que las personas que menos tienen puedan cumplir con sus obligaciones hipotecarias y también con el pago de impuestos.

A pesar de defender el proyecto como beneficioso, el funcionario afirma que no todo está escrito en piedra y por eso se ha establecido como fecha de implementación el año 2019, para que se puedan despejar todas las dudas que existan en la población.

El Patrimonio Familiar Tributario daría la oportunidad a que matrimonios civiles o de hechos con o sin hijos, puedan constituir el patrimonio familiar. Deben tener más de cinco años de vivir juntos y estar debidamente reconocido por las autoridades.

Padres o madres solteros con hijos s menores de edad, al igual que jubilados que vivan con sus hijos o nietos.

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