Emiten resolución contra el Mitradel por violación de derechos humanos

La Defensoría del Pueblo informó que concluyó las investigaciones.
La Defensoría del Pueblo informó que concluyó las investigaciones. / Cortesía.

La Defensoría del Pueblo emitió una resolución en contra del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Social (Mitradel), por la vulneración de los Derechos Humanos.

La Resolución No. 599g-17, de 20 de noviembre de 2020, fue emitida luego que culminaran las investigaciones correspondientes a una queja presentada ante la entidad el 17 de agosto de 2017.

La Defensoría del Pueblo pudo conocer por parte del afectado, que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, no ha tomado en consideración las recomendaciones dadas mediante la resolución.

Es importante señalar que el 17 de agosto de 2017, fue presentada ante la Defensoría del Pueblo, una queja contra el Mitradel, en donde un ciudadano alegó que la empresa donde labora lo destituyó injustificadamente y posteriormente fue restituido por orden de la entidad.

El afectado al momento de presentar su queja en la Defensoría del Pueblo, manifestó que al reintegrarse al trabajo ha sido víctima de discriminación por parte de la empresa por ser paciente con el virus del VIH.

En ese sentido, también agregó que solicitó la intervención del Ministerio de Trabajo; sin embargo, se le notificó que el caso no era de su competencia.

El defensor del Pueblo Eduardo Leblanc González, manifestó que luego de concluidas las investigaciones correspondientes y el debido seguimiento por parte los oficiales de derechos humanos de la entidad, se pudo constatar que, de las actuaciones del Mitradel, se evidencia una clara violación de los Derechos Humanos, al Derecho de Petición y al Debido Proceso, tal como está plasmado en la Resolución No. 599g-17, de 20 de noviembre de 2020 y que a la fechas las recomendaciones dadas no han sido tomadas en consideración.

La resolución emitida por la Defensoría recomienda al Mitradel que se realicen las investigaciones correspondientes en virtud de la presentación de la denuncia laboral contra la empresa y se tomen en consideración los elementos probatorios presentados, a fin de realizar las debidas diligencias y constatar las vulneraciones de las que ha sido objeto el usuario.

Ello en atención a lo que establece la Ley No. 40 de 14 de agosto de 2018, sobre el marco jurídico para el abordaje integral de las infecciones de transmisión sexual y VIH.

Es importante resaltar que de acuerdo con el artículo No. 35 de la Ley 7 de 5 de febrero de 1997, la Defensoría del Pueblo, podrá poner en conocimiento de la opinión pública nacional el contenido de sus investigaciones y resoluciones, cuando lo considere útil y oportuno para reparar una violación a los derechos humanos o para denunciar una práctica administrativa irregular.

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