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Un hombre realiza labores de soldadura.
Estos requisitos fueron aprobados por la Comisión de Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), en conformidad a lo que establece la Ley.
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Las empresas deberán demostrar que los activos de su Grupo Empresarial son iguales o mayores a setenta y cinco millones de dólares (75,000,000.00), o que la empresa solicitante presta servicios a por lo menos tres filiales, subsidiarias o compañías asociadas.
“Esta nueva normativa reitera el compromiso del Gobierno Nacional, de ofrecer seguridad jurídica para la atracción de nuevas inversiones al país, retener las existentes, generar nuevos empleos y capitalizar la trasferencia de tecnología, aportando positivamente al proceso de reactivación económica del país”, enfatizó Jeannette Díaz Granados, directora General de SEM del MICI.
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La Ley 159 señala en el artículo 9, numeral 2, que dentro de las funciones de la Comisión SEM están establecer los requisitos para el otorgamiento de las licencias EMMA, por lo cual, se procedió a cumplir con este paso en el marco de la entrada en vigencia del régimen, acotó.
El Régimen EMMA va dirigido a empresas nacionales o extranjeras que desde Panamá presten servicios de manufactura, ensamblaje, re-manufactura, acondicionamiento, mantenimiento y reparación de productos, servicios de desarrollo de productos, investigación o innovación de productos o procesos, además de servicios logísticos, a su mismo grupo empresarial.