Reiteran alcance del proyecto de ley de Protección al Empleo presentado por Mitradel

Asesor del Mitradel, Edgar Duberli. dos
Asesor del Mitradel, Edgar Duberli. dos / Foto/Tvn Noticias
Jilma Aguilar O. - Periodista
21 de julio 2020 - 10:18

El asesor Legal del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, Edgar Duberli Escobar, explicó en el programa Mesa de Periodistas, por TVN Radio, los alcances y normativas que plantea el proyecto de ley que establece medidas temporales para la Protección del Empleo, recientemente presentado, por la ministra Doris Zapata ante la Asamblea Nacional.

Destacó que, las suspensiones de trabajos y los recortes de horas laborales, son escenarios nuevos que generan distintos efectos a los cuales hay que darles solución, y el Código de Trabajo actual que data de 1970 con sus modificaciones trata de resolver todos los escenarios obreros patronales, pero en estas circunstancias no las resuelve en su totalidad.

"El Mitradel, tuvo la oportunidad de escuchar los criterios y las posiciones de cada una de las partes en la pasada conformación de la mesa tripartita, en los cuales no hubo consensos entre las partes y algunos que fueron acordados", manifestó.

Explicó que uno de los temas importantes que se tocaron pero en los que no se llegó a un consenso y que es esencial, es el de la extensión de la suspensión de los contratos en el que, actualmente el Código de Trabajo permite hasta un mes de suspensión, con cuatro prorrogas adicionales de un mes cada una, lo que totaliza cinco meses en los que los efectos del contrato de trabajo pueden ser suspendidos.

Sin embargo, señala Duberli, en un escenario como el actual, en donde la situación que se da es por salud, fuerza mayor o caso fortuito, no se puede levantar los bloques simplemente porque se acaba el periodo de suspensión de los contratos.

En este sentido, proponen que, conforme se vayan abriendo los bloques y se vayan permitiendo en las distintas empresas la entrada de ciertas cantidades de trabajadores, lograr de una manera integral que se vuelva a la normalidad y mes tras mes, prorrogar la suspensión de los efectos de los contratos hasta que se puedan levantar definitivamente.

Recalcó que la ley es temporal y no es una modificación permanente al Código de Trabajo. Solo tendrá efecto hasta el 31 de diciembre del año en curso, por lo que las suspensiones que se den hasta la fecha, están legalmente apegadas a lo que se indica en la norma.

Si te lo perdiste
Lo último
stats