Gafilat: Propuesta contra blanqueo cumple con estándares internacionales

Gafilat: Propuesta contra blanqueo cumple con estándares internacionales
Gafilat: Propuesta contra blanqueo cumple con estándares internacionales
Redacción
20 de marzo 2015 - 22:42

Andrea Garzón, experta técnica del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), expresó que el borrador de la ley para combatir el blanqueo de capitales, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, presentado por el Ministerio de Economía y Finanzas en la Asamblea Nacional de Diputados el pasado miércoles, cumple con los estándares internacionales establecidos.

Garzón participó en un foro en el que el Ministerio de Economía y Finanzas expuso los avances logrados en conjunto con otras entidades públicas y gremios en la lucha contra el blanqueo de capitales, informó el MEF.

El titular del MEF, Dulcidio De La Guardia, reiteró que el Estado panameño mantiene su compromiso de sumarse a la lucha internacional por erradicar estos delitos y avanza cada día más hacia la exclusión de Panamá de la lista gris del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

“Ya el anteproyecto está en la Asamblea Nacional. Y quiero aprovechar esta ocasión para agradecer a los diputados que han participado en las reuniones informativas que ha realizado el Ministerio hasta el momento y quiero invitarlos a que se suman a esta importante lucha nacional, que es una prioridad de Estado para la protección de nuestra economía”, destacó el ministro.

El ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán, por su parte, dijo que todos los esfuerzos que se están adelantando para sacar al país de la lista gris del GAFI permitirán salvaguardar a las empresas y a los empleos de importantes sectores de la economía nacional, reforzar los sistemas de supervisión y prevención de estos delitos tanto en el sector financiero como en sectores no financieros, y dar paso a una nueva era de transparencia para Panamá.

En este foro participaron también Roberto Brenes, presidente del Consejo de Servicios Internacionales de Panamá (COSIP); Roberto De Michele, en representación del Banco interamericano de Desarrollo (BID); y Raúl Guizado, primer vicepresidente de la Asociación Bancaria de Panamá.

También participaron la viceministra de Finanzas, Eyda Varela de Chinchilla; Isabel Fernández, directora de la Unidad de Políticas para la Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiamiento del Terrorismo; y Julio Aguirre, asesor del MEF.

ASPECTOS MEDULARES DEL PROYECTO

El proyecto especifica como los sujetos obligados financieros, los bancos, empresas fiduciarias, de arrendamiento financiero o leasing, de Factoring; Emisores; o procesadores de tarjetas de débito, crédito y pre pagadas, sean estas personas naturales o jurídicas y las entidades emisoras de medios de pago y dinero electrónico.

El proyecto clasifica como sujetos obligados no financieros a empresas establecidas en la Agencia Panamá Pacífico, Zona Franca de Barú, y Zonas Francas que realicen actividades dedicadas al comercio exterior; las ende la Zona Libre de Colón; empresas de remesas de dinero, sea o no actividad principal; Casinos, juegos de suerte y azar y organización de sistemas de apuestas, y otros establecimientos físicos o telemáticos que desarrollan estos negocios a través de internet. También incluye aEmpresas Promotoras, Agente Inmobiliario y Corredoras de Bienes y Raíces, cuando estos se involucren en transacciones para sus clientes concernientes a la compra y venta de bienes inmobiliarios.

También suma aempresas dedicadas al ramo de la Construcción, a saber: contratistas generales y contratistas especializadas,de Transporte de Valores; Casas de Empeño; lasdedicadas a la comercialización de metales preciosos y piedras preciosas, en cualquiera de sus formas, sea mediante la entrega f1sica o compra de contratos a futuro,las Sociedades Anónimas deAhorros y Préstamos para la vivienda;. Casas de Cambio, en cualquiera de sus formas, sean mediante la entrega f1sica o compra de contratos a futuro, sea o no su actividad principal;empresas dedicadas a la compra y venta de autos nuevos y usados;Bolsas de Diamantes de Panamá.

También agrega a instituciones estatales comolaLotería Nacional de Beneficencia; los Correos y Telégrafos Nacionales de Panamá y elBanco de Desarrollo Agropecuario.

El proyecto además adiciona actividades realizadas por profesiones sujetas a supervisión: los abogados, contadores públicos autorizados, auditores externos y notarios solo estarán sujetos a supervisión cuando en el ejercicio de su actividad profesional realicen en nombre de un cliente o por un cliente, las siguientes actividades: 1. Compraventa de inmuebles; 2. Administración de dinero, valores bursátiles 3. Administración de cuentas bancarias, de ahorro o valores; 4. Organización de aportes o contribuciones para la creación, operación o administración de compañías; 5. Creación, operación o administración de personas jurídicas o estructuras jurídicas, como por ejemplo: Fundaciones de Interés Privado, Sociedades Anónimas, Fideicomiso y demás 6. Compraventa de personas jurídicas o estructuras jurídicas.

También estarán sujetos a supervisión si los abogados o contadores públicos autorizados, auditores externos y notarios por su actuación o arreglo para que una persona pagada por el abogado o firma de abogado, actúe como director apoderado de una compañía o una posición similar, con relación a otras personas jurídicas; 8. Proveer de un domicilio registrado, domicilio comercial o espacio físico, domicilio postal o administrativo para una compañía, sociedad o cualquiera otra persona jurídica o estructura jurídica que no sea de su propiedad; 9. Actuación o arreglo para que una persona, pagada por el abogado o firma de abogados, actúe como un accionista testaferro para otra persona; 10. Actuación o arreglo para que una persona, pagada por el abogado o firma de abogados, actúe como participante de un fideicomiso expreso o que desempeñe la función equivalente para otra forma de estructura jurídica; y 11. La de agente residente de entidades jurídicas constituidas o existentes de conformidad con las Leyes de la República de Panamá.

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