Procurador González dice que norma aprobada en la Asamblea no da facultad a la Corte para investigar

Faltas administrativas

Reacciones por aprobación de ley que retira facultades al Procurador de la Administración

Luego de la aprobación en tercer debate del proyecto de ley 733, que restituye facultades a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para abordar faltas administrativas cometidas por funcionarios de alto perfil, el procurador de la Administración Rigoberto González explicó que tras un estudio realizado por su equipo de trabajo, han concluido que dicha norma nunca fue derogada, por lo que se mantiene vigente.

González expresó que actualmente se ha aplicado la norma en fallos en causas de accidentes de tránsito que involucran a magistrados de la Corte, por lo que le llama la atención que en la Asamblea Nacional se haya revivido algo que sigue vigente.

El procurador de la Administración aclaró que esta norma dicta que le corresponde al pleno de la Corte conocer las causas por delitos comunes, lo que significa resolverla, pero no investigar, debido a que es una atribución que por constitución corresponde al Ministerio Público.

“En mi opinión, las faltas administrativas, dice la Constitución y lo ha dicho la Corte en fallos recientes, le corresponde al procurador general de la Nación o al procurador de la administración y eso no ha cambiado ni va a cambiar de sancionarse o promulgarse este proyecto de ley”, manifestó.

González indicó que, este proyecto puede corresponder a que algunas veces se legisla de acuerdo a la persona que está, recordando que hubo una época donde el procurador general podía investigar al director de la Policía Técnica Judicial y destituirlo, pero al día siguiente ya no era así.

Dijo que también puede responder a los procesos e investigaciones de carácter administrativo que se están abriendo en la Administración de la Nación, pensando que se le debe quitar esta facultad lo que califica de “absurdo”, porque es algo que está claramente establecido.

“No hay una sola norma que diga que la facultad para investigar posibles faltas administrativas con respecto a estas personas corresponde a la Corte Suprema de Justicia, sí conocemos de casos de accidentes de tránsito que involucra a magistrados de la CSJ donde la Corte verifica, pero esta norma dice que le corresponde al pleno de la Corte conocer delitos comunes o faltas cometidas”, expresó.

Otras reacciones

Mientras que, el abogado Ernesto Cedeño consideró que con esto se busca limitar las funciones administrativas, tanto del Procurador como de la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), señalando que de ser sancionada el contralor presentará un amparo contra las investigaciones que inició el Procurador de la Administración.

Destacó que lo aprobado por la Asamblea Nacional es inconstitucional, debido a que no se pueden aprobar leyes contra la Constitución.

“El pensar que la CSJ va a investigar a un Contralor administrativamente, es considerar que no lo va a hacer por las competencias y porque sabemos que un caso que llega a la CSJ generalmente se atasca por la cantidad de casos que hay. Lo que han querido hacer los diputados es que no se investigue”, señaló Cedeño.

El abogado señaló que con esto se está debilitando la transparencia, por lo que espera que sea objetado por el presidente de la República y se mantenga como está.

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