Organizaciones religiosas cuestionan alcance legal de opinión sobre matrimonio igualitario

Organizaciones religiosas se manifiestan contra matrimonio igualitario / TVN Noticias

Las organizaciones religiosas de Panamá arremeten contra el matrimonio igualitario. Luego de pronunciarse en un comunicado en conjunto, dado a conocer este martes 30 de enero.

La Conferencia Episcopal Panameña, el Comité Ecuménico de Panamá y la Alianza Evangélica de Panamá hicieron un llamado a no reconocer la opinión consultiva de la Corte IDH que determinó, por unanimidad, que “el Estado debe reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo de conformidad con lo establecido en los artículos 11.2 y 17.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.

Panamá es signatario de la Convención Americana, y de acuerdo con la Constitución acata las normas internacionales. Es por ello que la canciller panameña, Isabel Saint Malo declaró que la opinión es vinculante para Panamá.

Sin embargo, las organizaciones religiosas rechazan este planteamiento. Su argumento es doble. Por un lado piden, en el comunicado, que las autoridades panameñas se pongan del lado de sus creencias religiosas. Por otro, cuestionan el alcance legal de la opinión de la Corte.

“Unimos nuestras oraciones para que el Señor ilumine la mente y el corazón de quienes toman decisiones en nuestro país para que ante ideologías e imposiciones internacionales, defiendan con fidelidad nuestros valores éticos y morales cristianos”, señala el comunicado.

Para reforzar su postura apelan a la mayoría cristiana del país, que ya se ha tomado las calles para protestar por temas como la Ley de Educación Sexual, para que “esté vigilante de las autoridades” a quienes piden que tomen decisiones que “respondan siempre al sentir de las grandes mayorías nacionales y no solo en atención a un grupo minoritario de personas”.

Los religiosos dejan claro que no ven el derecho de una pareja homosexual a casarse como un tema de Derechos Humanos, sino como una “deformación” del concepto de la familia.

“Rechazamos los conceptos emitidos en la opinión consultiva OC-24/17 dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, pues se contraponen a la enseñanza del Evangelio y al bien común de la sociedad; además porque pretende obligar a nuestros países latinoamericanos, a equiparar las uniones de personas del mismo sexo – no reconocidos ni aceptados cuando se firmó la Convención en 1969 – a la sagrada institución del matrimonio que solo debe entenderse entre un hombre y una mujer”, detalla.

El comunicado arguye que se afectaría el derecho interno de Panamá si se toma la interpretación de la Corte IDH como si fuera una ley. Enfatizan que “solo es vinculante lo decidido dentro de un proceso contencioso donde el Estado es parte de un litigio”.

La Corte emitió la opinión como respuesta a una consulta emitida por Costa Rica. No hay un consenso entre los abogados si esto será legalmente vinculante para los 20 estados que reconocen la competencia contenciosa de la Corte, entre los que se encuentra Panamá.

“Espero que el presente voto contribuya para que los estados tengan en cuenta que la garantía de reserva de ley no puede ser un obstáculo para el desarrollo de los derechos y mucho menos para el cumplimiento de las obligaciones de derecho internacional que adquirieron al momento de ratificar tratados de derechos humanos como lo es la Convención Americana”, declaró el juez colombiano de la Corte IDH, Humberto Antonio Sierra, al emitir su voto en 2017.

La opinión de la Corte IDH ya fue remitida por la cancillería a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para que tomen su decisión.

Vea el comunicado completo: Aquí

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