Sugieren adecuar el subsidio del tanque de gas de 25 libras

Explican sobre subsidio del tanque de gas / TVN Noticias

El director de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), Óscar García, reiteró que el precio del cilindro de 25 libras se mantiene en $4.37 en la ciudad de Panamá, de acuerdo a lo que se le ha comunicado y no sufrirá aumento.

Asegura que ese subsidio ha sido legalizado y no focalizado a las personas que realmente lo necesitan y eso tiene que ver con que el mismo data desde hace años, en los que no se han hecho las reducciones graduales.

Destaca que no es necesario que cambie el precio, lo que si se debe hacer es establecer la población que verdaderamente necesita el subsidio.

García entiende que al finalizar el 2018, el subsidio que paga el Estado podría llegar a los 100 millones de dólares y en la actualidad no tiene mayor control, la única prohibición es que no se puede usar por comerciantes.

Agrega que se sabe que en todos los hogares no es necesario que exista ese subsidio.

En el caso de comercios, el director de la Acodeco dijo que se han encontrado con irregularidades y destaca el comercio transfronterizo que se da entre Panamá y Costa Rica, ya que en el país vecino el gas no está subsidiado y por eso hay interés en comprarlo en territorio panameño.

Los costarricenses prefieren comprar el tanque de gas en B/5.52, que cuesta en Panamá, mientras que en Costa Rica cuesta B/15.00.

Esa situación busca ser controlada con el apoyo del Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) y ya se han aplicado algunas sanciones en ese sentido.

Incremento en costo de viviendas

García también se ha referido a la firma de los acuerdos entre la Cámara Panameña de la Construcción (Capac) y el Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs), y manifiesta que hay dos elementos viables para que el costo de las viviendas aumente.

El artículo 79 de la Ley de Protección al Consumidor, establece la posibilidad de que se de un incremento en el costo de las viviendas por incremento de los costos en el sector.

Por otra parte, en el contrato de promesa de compra venta, se establecen cláusulas y en la mayoría de los contratos se fija un incremento de hasta 10%.

Sin embargo, explica que el aumento que se establece en la ley de protección al consumidor debe ser sustentado y se debe explicar el presupuesto que se tenía y la tasa salarial que se había utilizado como base.

No se pueden hacer incrementos y usar como justificación la firma de la reciente convención colectiva Capac-Suntracs.

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