Vamos a poner orden con las invasiones: directora de Asentamientos

Vamos a poner orden con las invasiones: directora de Asentamientos
TVN Noticia
29 de octubre 2014 - 06:26

Grace de Clark, directora de Asentamientos Informales del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, admitió hoy en Noticias AM que las invasiones de terrenos del Estado y privados podrían ser organizadashasta por los políticos y abogados que buscan así una forma de lucrar.

Se han dado invasiones en Chepo-Panamá Este- Los Abanicos en Chiriquí, en el distrito de Arraiján y en Santiago de Veraguas. En Arraiján, los terrenos invadidos tienen un dueño particular, mientras en Los Abanicos, pertenecen al Banco Hipotecario Nacional y los de Santiago son de la Caja de Seguro Social.

"Acuérdese que acabamos por un proceso electoral, si los políticos promueven eso, métalos en la cárcel", dijo de Clark.

Añadió que las invasiones de terrenos son para los abogados un "hueso muy bueno" si cobran cinco dólares a cada invasor y si estos suman más de cien.

De Clark aseguró que el gobierno está poniendo orden, pero subrayó que hay una ley y que la nueva administración viene con otra forma de gobernar, pero solo no puede por lo que pidió la colaboración de todos.

"no es que el presidente no tenga capacidad para ordenar a la Policía intervenir, dijo aclaró de Clark y recordó que ayer( martes 28 de octubre de 2014) y en Chiriquí, se recogieron personas tirándoles piedras a los agentes.

Indicó que tanto en Chiriquí como en Arraiján, los invasores han impedido realizar un censo, con el cual se pretendía determinar la situación socioeconómica y la cantidad de niños y personas con discapacidad.

"Si no dejan censar cómo vamos a saber quién está invadiendo por necesidad y quién por sinvergüenza", se lamentó de Clark.

La Directora de Asentamientos Informales indicó que tampoco los invasores quieren los programas ofrecidos por el Miviot, de techos de esperanza y ni el plan solidario mediante el cual se les daría un abono de diez mil dólares para comprar una residencia con valor de hasta 50 mil dólares, ya que quieren el dinero en efectivo.

En Los Abanicos, primero el censo iba a realizarse sobre 140 personas, pero luego aumentó a 190, y finalmente estas personas se oponen a terrenos pequeños y no quieren Techo de Esperanza, sino que les den el dinero o el material y este gobierno no da dinero ni materiales por el mal uso de esos beneficios, dijo de Clark.

"No estamos dando dinero ni materiales porque en gobiernos anteriores se daba y qué se hace, se vende o el chinito gana un poco más o se daña".

Como parte del plan Techo de Esperanza, el Miviot arregla techos y si la casa no es apta para ser habitada, la tumba toda y la construyen con personal de la misma comunidad que el Ministerio recluta y con inspectores, dijo de Clark.

Incluso se oponen a pagar 50 dólares al mes sin intereses a 15 años.

En cuanto a los precaristas de Arraiján, de Clark dijo que están en un terreno privado y ya hay un fallo ordenando el desalojo.

"No sé si el grupo tiene claro lo queestá reclamando. Cuando me siento y escucho lo que están diciendo, me parece que van para el cielo llorando. Están invadiendo un terreno que tiene fallo de la Corte para hacer el desalojo", dijo de Clark.

Estas personas tienen dos años viviendo allí y el dueño del terreno había hecho el procedimiento para hacer el desalojo y "por razones políticas" se detuvo, afirmó de Clark.

Si el dueño tiene fallo lo único que tiene que hacer es seguir leyes internacionales para hacer el desalojo, recalcó la funcionaria.

Es allí donde el ministro de Vivienda, Mario Etchelecu se sienta con ellos y se habla de hacer un censo, pero en dos ocasiones, la segunda con la promesa del presidente de la República, Juan Carlos Varela, no lo han permitido. "No tengo la menor idea de por qué no lo permiten", se lamentó de Clark.

POSIBILIDAD DE REUBICARLOS

De Clark dijo que sí existe la posibilidad de reubicar a los precaristas, pero subrayó que una de las cosas que el Gobierno trata de evitar es ofrecer solamente la tierra, porque muchas veces, las personas no tienen la capacidad para construir sus viviendas.

"Tratamos de eliminar las casas de zinc. Vinimos con una promesa de cero letrina, por lo que Asentamientos Informales tiene que entrar y regular eso", acotó la funcionaria.

De Clark admitió que hay gente con salarios y muy jugosos para acceder a un préstamo con el banco, pero para esas personas, es más fácil entrar ( invadir) hacer una estructura elegante y no pagarle a nadie y después aceptar acomprar eso con un precio mínimo.

"Yo estoy preocupada. Tenemos que vivir en un país donde la gente se 'reacostumbre' a vivir en paz y hacer las cosas correctamente. Estamos cansados de la confrontación", dijo de Clark.

EXPROPIACIÓN

La directora de Asentamientos Informales del Miviot, se mostró en desacuerdo con expropiar terrenos, cuando advirtió que "estamos en la fila de países como Venezuela".

De Clark también aclaró que la Ley 20 (del 27 de marzo de 2009 que establece el procedimiento especial de expropiación extraordinaria para formalizar asentamientos comunitarios por antigüedad) es de cinco años de duración y contempla que se podría hacer expropiación si los asentamientos tienen más de quince años.

En su artículo 6, la Ley 20 del 27 de marzo de 2009, establece los requisitos para la declaratoria de asentamiento comunitario por antigüedad.

Para la declaratoria de asentamiento comunitario por antigüedad, se requerirá de un informe de estudio detenencia y de fundación de dicho asentamiento, el cual contendrá, como

mínimo, la siguiente información:

1. Respecto a la finca donde se encuentra establecida la comunidad:

a. Localización, descripción y demarcación del área ocupada por el asentamiento

comunitario.

b. Datos generales de inscripción, con sus restricciones de ley y gravámenes, si los

hubiera.

c. Información del propietario o de los propietarios.

d. Valor catastral de la finca al segundo año de iniciada la ocupación por la comunidad, certificado por la entidad correspondiente. Dicho valor será utilizado

como base para obtener el valor proporcional del predio ocupado por la comunidad.

2. Respecto a la comunidad:

a. Datos personales de cada uno de los miembros de la familia.

b. Medidas y linderos del predio de cada familia.

c. Fecha de fundación del asentamiento comunitario, que será considerada para la determinación del término de quince años de ocupación.

d. En caso de que existan, se describirán los servicios públicos con que cuenta la comunidad, tales como telefonía, energía eléctrica, agua potable, prestaciones médicas, centros educativos y sociales o vías de acceso, entre otros.

3. Cualquier otro aspecto material que sirva de indicador de la existencia de la comunidad.

De Clark precisó que en los casos de invasiones, el Gobierno conversa tanto con los dueños de terrenos como con los invasores y se trata de llegar a un entendimiento, dijo de Clark.

"Si es por antigüedad se aplica la ley, pero si son terrenos privados, debemos conversar con el dueño para ver qué quiere hacer con eso".

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