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Varela
El decreto también lleva la firma del ministro de Gobierno, Milton Henríquez. El artículo 76 de la referida Ley, señala que la misma será reglamentada por el Órgano Ejecutivo, en el término de 60 días calendario, contados a partir de su entrada en vigencia.
Conforme a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 3 de la Ley 19 de 3 de mayo de 2010, para el cumplimiento de sus fines y funciones, el Ministerio de Gobierno está facultado para velar por los derechos y garantías de los habitantes de la República.
La conformación de esta comisión se basa en el numeral 14 del artículo 184 de la Constitución Política de la República, la cual establece que son atribuciones que ejerce el Presidente de la República con la participación del ministro respectivo, reglamentar las leyes que lo requieran para su mejor cumplimiento, siempre que no se aparten de su texto ni de su espíritu.
Esta comisión será presidida por el Instituto Nacional de la Mujer, y estará conformada por instituciones públicas, entidades privadas y organizaciones de mujeres, entre los que se encuentran los ministerios de Gobierno, Desarrollo Social, Salud, Educación, Seguridad Pública, Trabajo y Desarrollo Laboral, Ministerio Público, Órgano Judicial (Unidad de acceso a la Justicia y Género), Defensoría del Pueblo y Universidad de Panamá (Instituto de la Mujer).
También el Consejo Nacional de la Mujer (CONAMU), Fundación para la Equidad de Género (FUNDAGÉNERO), Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM), la Asociación Panameña para el Planeamiento de la Familia (APLAFA), Fundación de Asistencia Legal Comunitaria (FUNDALCOM), Centro para el Desarrollo de la Mujer (CEDUM), Asociación de Municipios de Panamá (AMUPA) y el Consejo Nacional de Periodismo (CONAPE).