¿Por qué se permiten los acuerdos de pena en delitos de abuso sexual en menores de edad?

¿Por qué se permiten los acuerdos de pena en delitos de abuso sexual?

Los acuerdos de pena han sido duramente cuestionados al permitirse en delitos de abuso sexual en menores de edad.

Los fiscales Janina Aparicio y Julio Villarreal explicaron que los acuerdos de pena están establecidos en el Código Procesal Penal y van de 5 a 10 años en modalidad simple y agravada de 10 a 15 años de prisión.

Estos acuerdos evitan revictimizar a la víctima en los delitos de violación, ya que no desean volver a revivir y recrear esa experiencia tan impactante para sus vidas, señaló Aparicio.

Ante el reciente caso de un reconocido fotógrafo panameño, quien cometió actos de abuso sexual en contra de su sobrina menor de edad, los fiscales manifestaron que el acuerdo de pena fue de 10 años de prisión, lo que quiere decir, que es lo que se impondría en un juicio oral si se hubiese dado el caso.

“La pena podría ir de 5 a 15 años, y por la experiencia que tenemos 10 años es lo que se impone e incluso hasta menos”, aseguró Aparicio.

Durante el acuerdo de pena, la persona acepta su responsabilidad, renuncia a ir a un juicio oral y presentar pruebas en su defensa.

Por su parte, el fiscal Villarreal, relató que es muy importante saber qué piensa la víctima del acuerdo de pena, y en este caso, lo que no se quería era revictimizar a la víctima en el juicio oral, donde la menor sería cuestionada, por ende, se tuvo la aceptación de la víctima y su familia.

Recientemente fue aprobado en los tres debates reglamentarios en las Asamblea Nacional (AN) el proyecto de ley 584 que establece un aumento de penas en los casos de violación, explotación sexual, corrupción de menores, posesión y distribución de pornografía infantil, exhibicionismo, el comercio sexual, así como el acceso a espectáculos pornográficos a personas menores de edad, acoso sexual y actos libidinosos.

También excluye los reemplazos de pena por trabajo comunitario; con lo cual, quien haya sido condenado deberá cumplir su sanción en prisión, mencionó el fiscal Villarreal.

En lo que va del año, se han presentado en el Ministerio Público (MP) 8 casos; de los cuales, 5 han sido en flagrancia y 3 para litigación por casos como violación y actos libidinosos, indicó Aparicio.

Lo que se busca es que la víctima sea escuchada, porque tiene derecho a intervenir y dar su opinión”, enfatizó Aparicio.

En el único caso que llegó a juicio oral se impuso una pena de 11 años, pero el proceso duró 9 meses, solo un año más a lo que se logró en seis días con una pena proporcional para no revictimizar a la víctima.

“Hubo certeza del castigo con una condena y la madre está conforme con la pena porque es cónsona con la realidad”, afirmó Aparicio.

Finalmente los fiscales recomendaron evitar revictimizar a la persona afectada en redes sociales y a denunciar los casos ante las autoridades para que se realicen las investigaciones y se impongan las sanciones que corresponden.

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