Asamblea aprueba modificación al Código Penal en tema de evasión fiscal

Asamblea aprueba modificación al Código Penal en tema de evasión fiscal
Asamblea aprueba modificación al Código Penal en tema de evasión fiscal / Foto cortesía

La acción penal no se eximirá contra las personas que reinciden en el delito de evasión fiscal, de acuerdo con lo dispuesto en el Proyecto de Ley 87, que introduce modificaciones al artículo 288-J del Código Penal.

Con la reforma, aprobada, en tercer debate, en la Asamblea Nacional, el artículo en mención señala que se eximirá de la pena a quien pague el monto de la obligación tributaria defraudada y sus accesorios formales, en forma incondicional y total, ante de la que la sentencia quede en firme o ejecutoriada.

En caso de que dicho pago se realice durante la fase de investigación, no se ejercerá la acción penal contra la persona investigada.

No obstante, se dispone que en ambos casos e indistintamente de la fase procesal, este beneficio se otorgará, por una sola vez por cada persona natural o jurídica.

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