Harry Díaz exige respeto y defiende su actuación en caso contra Martinelli

Entrevista al magistrado fiscal de la CSJ, Harry Díaz, en entrevista exclusiva a TVN Noticias. / Massiel Arosemena
Massiel Arosemena/ Yannisse Vergara
12 de octubre 2015 - 19:24

Sin hablar del fondo de las investigaciones, el magistrado fiscal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Harry Díaz, señaló en exclusiva a TVN Noticias, que al expresidente de la República de Panamá y diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), Ricardo Martinelli, no se le aplica el procedimiento ordinario del Sistema Penal Acusatorio, sino normas especiales contenidas en el Código Procesal Penal.

El magistrado fiscal, Harry Díaz, solicitó "respeto" a los abogados defensores del expresidente Martinelli, al señalar que sus actuaciones están basadas en los artículos del 487 al 496 del Código Procesal Penal, como normas especiales que le permitieron vincular al exmandatario panameño, con las supuestas interceptaciones telefónicas (escuchas telefónicas) perpetradas contra diversos ciudadanos panameños durante su administración (2009-2014).

Los abogados tratan de defender a su cliente, pero cuando empiezan a irrespetar a un magistrado señalando que no tiene conocimiento, entramos en otro tipo de discusiones, porque han faltado a una lealtad procesal en el equilibrio de este proceso", señaló de manera categórica Díaz.

Díaz explicó, que los defensores de Martinelli, "no quieren entender que existen normas específicas para los diputados, por lo que no se le aplica [a Martinelli] el procedimiento ordinario del Sistema Penal Acusatorio, sino normas especiales contenidas en el Código Procesal Penal".

Normas aplicadas

Entre las normas especiales, aplicadas por el magistrado Díaz, se encuentra el primer párrafo del artículo 491 A del Código Procesal Penal, el cual establece que el magistrado fiscal deberá concluir las investigaciones dentro de dos meses o podrá concluirla antes, si considera que cuenta con los elementos de prueba necesarios para proceder con la acusación.

De igual forma, Díaz explicó que aplicó el artículo 492 del Código Procesal Penal, que establece que una vez concluida la investigación, el magistrado fiscal emitirá por escrito su opinión jurídica en la que expresa su solicitud de elevación de la causa a juicio, tal cual lo efectuó el pasado viernes, 9 de octubre al juez de garantía de la CSJ, Jerónimo Mejía.

Si no hubiera tenido normas de convicción y elementos probatorios, no hubiera hecho una acusación", señaló Díaz en exclusiva a TVN Noticias.

Magistrado reta a Martinelli

Aquí vamos a proceder en derecho, y si es verdad que como dice Eduardo Camacho que ellos tienen todas las pruebas de la inocencia del diputado, entonces, ¿Cuál es el miedo de venir a presentarse ante un juicio?.

"Y si a Rogelio Cruz, le encanta decir que yo cometo exabruptos, ¿Cuál es el miedo de ir al proceso ante una persona incompetente?, señaló el magistrado fiscal ante las descalificaciones del jurista.

Finalmente Díaz, recomendó al expresidente de la República de Panamá, "lo mejor que puede hacer es que comparezca al proceso, porque el que no la debe no la teme".

Medidas cautelares

El magistrado fiscal, explicó que para evitar las nulidades en el proceso que tanto preocupa a muchos ciudadanos, decidió no solicitar ninguna medida cautelar previa, ya que no están expresas en el procedimiento especial, y de ser solicitadas debían ser aprobadas por el pleno.

Yo no podía aprehender a nadie, sin antes tener los elementos de prueba en su momento, lo más importante era reunir las pruebas en el tiempo que establece la ley y ahora que tengo los elementos procedí a la acusación, obviamente respetando los derechos del procesado", explicó.

Audiencia

El magistrado fiscal, al encontrar suficientes pruebas, solicitó al juez de garantía la apertura de un juicio oral contra Martinelli, ante el Tribunal de Juicio, para lo que se debe fijar en los próximos días una fecha de audiencia.

Díaz explicó, "la acusación como magistrado fiscal está dada, notificamos del cierre de las investigaciones y la acusación a los querellantes en contra del expresidente".

Lo que no puede haber es un proceso de la fase intermedia, sin que esté la persona acusada presente, si no quedaría suspendido el proceso", destacó el magistrado de la CSJ.

Es decir, no se puede proceder con la fase intermedia, donde se anuncian las pruebas que tienen ambas partes, para una vez estimadas por el juez de garantía, se proceda con juicio oral, si Martinelli no se encuentra en Panamá.

Pena

De igual forma, Díaz detalló, que solicitó al al juez de garantía, la imposición de cuatro (4) años de prisión por las interceptaciones telefónicas, cuatro (4) años más por persecución y vigilancia sin autorización, 10 años por malversación y tres (3) años por peculado de uso, lo que suma un total de 21 años de prisión.

Solicitud a la Interpol

Marcos Córdoba, comisionado de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ), una vez recibió el formulario de notificación azul enviada por el magistrado fiscal, giró a la Interpol la solicitud en contra del expresidente Martinelli, a fin de conseguir mayor información sobre su ubicación; de forma tal que según avance el proceso puedan tener garantía del lugar donde se encuentra.

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