Corte determinó que no hay doble juzgamiento en caso de Martinelli

Pleno rechaza apelación presentada por defensa de Martinelli / TVN Noticias

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó un recurso de apelación presentado por la defensa del expresidente Ricardo Martinelli, determinando que no hay doble juzgamiento en el caso Pinchazos.

Con este dictamen, el Pleno confirmó la decisión del magistrado juez de Garantías, Jerónimo Mejía, dictada en audiencia oral del 4 de julio de 2018, que rechazó la nulidad por doble juzgamiento de Martinelli.

La lectura de la decisión la realizó el magistrado Abel Zamorano, quien indicó que para que exista doble juzgamiento deben darse cuatro criterios que son: la existencia de un proceso anterior, que haya identidad del sujeto procesal, que se traten de los mismos hechos y que se haya dado una sentencia.

El dictamen del Pleno fue que el doble juzgamiento “evidentemente no ha ocurrido en este caso”.

"Llegamos a la conclusión de que no se figura el principio de doble juzgamiento", señaló el Pleno de la CSJ al rechazar recurso de apelación presentado la defensa de Martinelli.

La audiencia inició sin la presencia del exmandatario, su defensa argumentó que tenía incapacidad médica, a lo que el magistrado fiscal Harry Díaz refutó explicando que la incapacidad de Martinelli era por 48 horas, es decir que vencía a las 1:45 p.m. del jueves.

La defensa de Martinelli presentó la documentación de 24 horas de extensión de la incapacidad.

Iniciada la audiencia, el abogado Carlos Carrillo, de la defensa de Martinelli, anunció que desistían del recurso de hecho, sobre la decisión del Mejía, de no declararse impedido, toda vez que el Pleno se pronunció en esta materia.

Luego de esto, Carrillo pasó a sustentar la apelación presentada por el rechazo de la nulidad por doble juzgamiento.

Luego de la intervención de la defensa de Martinelli, le correspondió el turno al magistrado fiscal, Harry Díaz, quien solicitó al Pleno, en funciones de Tribunal de Apelaciones, que confirme la actuación del magistrado Mejía, del pasado 4 julio, cuando rechazó la nulidad por doble juzgamiento al expresidente.

El magistrado fiscal Díaz detalló que los hechos presentados por la defensa de Martinelli no fueron investigados en la Asamblea Nacional y que esos expedientes fueron archivados.

El abogado Carlos Herrera Morán, quien habló por los querrellantes, le recordó a la defensa de Martinelli que no puede existir un doble juzgamiento en este caso porque no hay una sentencia anterior.

Durante su intervención el abogado David Cuevas, querellante autónomo recordó que los magistrados le han hecho un llamado a los abogados de Martinelli del abusivo uso de la defensa en la presentación de sus recursos.

Luego de escuchar a las partes, el Pleno de la CSJ, en funciones de Tribunal de Apelaciones, decretó un receso abierto para resolver recurso de apelación sobre el doble juzgamiento, presentado por la defensa de Martinelli.

La audiencia se volvió a reanudar a las 9:30 p.m., para la lectura de las decisiones.

El pasado miércoles 11 de julio, el Pleno, por mayoría y en sesión extraordinaria no admitió un amparo de garantías constitucionales presentado por la defensa del expresidente contra una decisión del magistrado Mejía, en que definió esta instancia aún tendría competencia para ver el proceso a pesar de que Martinelli había renunciado al Parlamento Centroamericano (Parlacen).

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