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Esta prorroga, aplica para aquellas empresa que están autorizadas para solicitar licencias de importación que están debidamente inscritas en esta institución.
Se exceptúa a los estamentos de seguridad del Estado y los servicios de seguridad de las instituciones.
Asimismo se advierte, que se podrá interponer recursos de reconsideración dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la promulgación del documento.