Niegan solicitud de reconocimiento del tiempo por trabajo comunitario a Ignacio Fábrega

Trabajo comunitario a Ignacio Fábrega.
Trabajo comunitario a Ignacio Fábrega. / Foto cortesía

En audiencia de Cumplimiento, la juez Hormilda Miranda, no concedió la solicitud de reconocimiento de tiempo por trabajo comunitario en la Junta Comunal de Calidonia, a Ignacio Fábrega, exsupervisor de la Superintendencia del Mercado de Valores

Al proceder a la verificación de las condiciones se decretó el incumplimiento, porque Fábrega no se presentó durante el mes de noviembre ante la Segunda Oficina Judicial para realizar su reporte mensual, los días 21 de cada mes de firma, a pesar de que en la primera audiencia de verificación y control se le explicó que debía acreditar sus asistencias y a las condiciones que debe cumplir. Aunado a ello, se observó que existían irregularidades en el cálculo para otorgar algún beneficio, informó el Órgano Judicial.

La juez Miranda además informó que Fábrega, quien fue sentenciado por el delito contra la administración pública, en la modalidad de corrupción de servidores públicos, deberá seguir con su trabajo comunitario y realizarse las pruebas de alcoholemia y dopaje, por lo que se girarán los respectivos oficios al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forense (Imelcf).

En el acto de audiencia, la juez también multó a Fábrega con 400 dólares pagaderos en tres meses, por el irrespeto al Tribunal, mediante un mensaje en sus redes sociales (Twitter).

Igualmente, se multó al representante de la Junta Comunal con la suma de 500 dólares pagaderos en dos meses, e hizo un llamado de atención al supervisor, porque se le cambió el trabajo que debía realizar y al supervisor, ya que sólo es potestad del juez cambiar las condiciones.

Esta decisión se toma luego de observar que en una de las visitas de seguimiento, se detectara que no estaban las firmas de la persona encargada.

La defensa de Fábrega, quien estuvo presentada por Aidil Castillo, solicitó reconocimiento de tiempo por trabajo comunitario e indicó que a la fecha cumple con la jornada laboral, que existe un listado de asistencia, certificación de buena conducta y que hay a favor de su representado, 238 días.

Por su parte, el fiscal Jacinto Pérez, no objetó lo pronunciado por la defensa, excepto la verificación del cálculo, ya que son horas y no días, de acuerdo al artículo 65 del Código Penal que establece un día de prisión por cada 5 días de trabajo comunitario.

El querellante que representa a la Superintendencia del Mercado de Valores, Francisco Carrillo, se adherió a lo solicitado por el fiscal.

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