¿Cómo incide el fallo del caso 'pinchazos' en el proceso de Ricardo Martinelli?

Expresidente Ricardo Martinelli
En la imagen, el expresidente Ricardo Martinelli. / TVN

El fallo en el caso "pinchazos telefónicos", seguido contra los exdirectores del Consejo de Seguridad Nacional (CSN), Alejandro Garúz y Gustavo Pérez, podría incidir en el futuro proceso que enfrentará el expresidente Ricardo Martinelli, en el Sistema Penal Acusatorio (SPA).

La sentencia del juez decimosexto penal, Enrique Pérez, declaró a los exfuncionarios “penalmente responsables” como cómplices primarios del delito contra la libertad, en su modalidad contra la inviolabilidad del secreto y derecho a la intimidad.

Por esta causa, Pérez y Garúz han sido condenados a 50 meses de prisión y a la inhabilitación de funciones públicas por el mismo periodo, una vez cumplida la pena principal.

Los señores Gustavo Adolfo Pérez De La Ossa y Alejandro Garúz Recuero brindaron una cooperación con la cual los actos delictivos, objeto de la presente investigación penal, no hubiesen podido llevarse a cabo”, mencionó el juez en su fallo.

También fueron señalados los exagentes del CSN, Ronny Rodríguez y William Pittí, quienes se mantienen prófugos y nunca comparecieron en este proceso.

Aunque el fallo no está en firme porque se encuentra en proceso de notificación a las partes y puede ser apelado, el dictamen de Pérez sienta un precedente y oportunidad para las víctimas reconocidas en el caso del exmandatario.

El jurista Carlos Herrera, hijo, abogado querellante de Mauro Zúñiga, expresó en entrevista a TVN Noticias, que lo más importante de la sentencia es el “grado de responsabilidad” que encuentra el juez.

“Nos da pie a interpretar que tienen [Garúz y Pérez] una participación importante, pero que no han sido las personas que han ideado o no son los autores directos de este grave delito. Por lo que creemos, que hay una intención directa de que pueda encontrarse el autor o principal responsable de este grave delito, que desde nuestra óptica, no es más que el expresidente de la República [Martinelli], porque dirigía el Consejo de Seguridad”, dijo.

Por su parte, el jurista Ernesto Cedeño consideró que el fallo del juez Pérez refleja que hubo un hecho probado, es decir la interceptación telefónica, y dependerá del fiscal asignado y los querellantes comprobar la vinculación de Martinelli al ilícito.

“Lo que tendría que probarse en el SPA con Martinelli es si él dio las instrucciones o por omisión, no estorbó lo que tenía que estorbar para que esa situación de los pinchazos no se diera”, expresó Cedeño a TVN-2.com en entrevista.

Además, el abogado señaló que los querellantes aprovecharían esa condena para pedir que Martinelli sea sentenciado como Garúz y Pérez, aunque apuntó eso no sería suficiente.

“Hay que ver la vinculación de Martinelli con eso [el hecho], la defensa de Martinelli podrá decir que si bien es cierto ellos han sido condenados, esos son los únicos responsables. Todos giran en torno al fallo, en mi concepto”, manifestó Cedeño a TVN-2.com.

Y a pesar de correr para dos cargos de elección popular, Cedeño apuntó que para este proceso Martinelli no cuenta con fuero penal electoral y no puede recuperar el beneficio en esta causa específica, aunque hayan cambiado las circunstancias.

No obstante, el expresidente sí contaría con fuero en nuevas investigaciones, que hayan iniciado cuando estaba en la República de Panamá, y en ese caso, se deberá solicitar el levantamiento al Tribunal Electoral (TE).

El magistrado fiscal Harry Díaz en su momento, pidió unos 21 años de prisión para Martinelli por la presunta comisión de los delitos de Inviolabilidad del secreto y Derecho a la Intimidad, Peculado, Abuso de Autoridad, contra la Seguridad Informática, y Asociación Ilícita.

El escrito de acusación y las pruebas aprobadas en audiencia intermedia por el magistrado juez de Garantías, Jerónimo Mejía, no varían porque éstas fueron validadas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en el fallo en que declina competencia al Tribunal de Juicio del SPA.

“De acuerdo con las pruebas de cada tipo [penal], se decidirá si es 21 años, es menos o si queda absuelto. Eso tiene que ver la agilidad, de la inteligencia del fiscal y de los querellantes”, dijo Cedeño.

Todavía se desconoce cuándo pasaría el caso “pinchazos” al Sistema Penal Acusatorio y el representante del Ministerio Público (MP), que sería designado para ver esta causa. Recientemente, la Corte Suprema publicó un edicto en que notifica a las partes de la decisión en el amparo presentado por la defensa de Martinelli.

El equipo legal del exmandatario además ha presentado nuevos recursos ante la CSJ contra actuaciones de Mejía. Martinelli se encuentra detenido desde el 12 de junio de 2018 en el centro penitenciario El Renacer por este proceso judicial.

Esta causa inició el 29 de julio de 2014, cuando un testigo protegido reveló al MP que en el Consejo de Seguridad, se llevaron a cabo interceptaciones de comunicaciones telefónicas, correos electrónicos y otros medios, contra unas 150 personas, entre ellos políticos, magistrados, periodistas, miembros de la sociedad civil y del Gobierno.

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