Sala Tercera de la CSJ decidió que no habrá cantera en Cerro Cabra, Arraiján

En este sector de Cerro Cabra se iba a instalar una cantera para extraer piedra.
En este sector de Cerro Cabra se iba a instalar una cantera para extraer piedra. / TVN Noticias

La extracción de piedra en la comunidad de Cerro Cabra, Arraiján, fue eliminada por completo por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que en fallo del 2 de agosto de este año, declaró nulo por ilegal el estudio de impacto ambiental que permitía esta actividad.

El magistrado Luis Ramón Fábrega fue el ponente del fallo que declaró ilegal el estudio de impacto ambiental categoría II, fechado 22 de febrero de 2011, que permitía la instalación de una cantera para extraer piedra en 501 hectáreas de la comunidad de Cerro Cabra.

El fallo, al que TVN-2.COM tuvo acceso, establece que no se hizo la consulta ciudadana a los residentes de Cerro Cabra que se verían afectados con la cantera, para que dieran su opinión del proyecto previo a la aprobación del estudio de impacto ambiental.

Fábrega alegó además que Cerro Cabra fue declarada área protegida el 5 de abril de 2012 por el Consejo Municipal de Panamá.

Este fallo responde a una de dos demandas de nulidad presentadas por los residentes de Cerro Cabra en el año 2012, luego que el Ministerio de Comercio e Industrias otorgó un contrato de concesión a la empresa Cantera del Istmo, que permitía establecer una cantera para la extracción de piedra en Cerro Cabra.

Previo a esta decisión, la Sala Tercera dictó un fallo el 12 de febrero de 2015- también con la ponencia de Fábrega- que declaró nulo por ilegal el contrato otorgado a Cantera del Istmo el 3 de mayo de 2012.

Debido a que los fallos de la Sala Tercera no admiten apelación, las decisiones quedan en firme y ejecutoriadas y por ende, no habrá extracción de piedra en Cerro Cabra.

Vea aquí el fallo.

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