TE reitera que propaganda electoral está prohibida en monumentos y sitios históricos

Los candidatos tienen prohibidos instalar propaganda electoral en monumentos y sitios de interés histórico.
Los candidatos tienen prohibidos instalar propaganda electoral en monumentos y sitios de interés histórico. / TVN Noticias/Alejandro Reyes

Las campañas tienen prohibido colocar propaganda electoral en monumentos públicos y sitios de interés histórico, cultural y patrimonial que han sido proclamados por alguna autoridad local e internacional.

El Tribunal Electoral (TE) reiteró la normativa, señalando que no se permite la colocación de propaganda en sitios como el Casco Antiguo, en las fortificaciones de Portobelo y San Lorenzo, en la provincia de Colón, el Conjunto Monumental de Panamá Viejo y otros que ya hayan sido declarados como patrimonio.

El artículo 237 del Código Electoral prohíbe propaganda electoral fija, incluyendo pegar, pintar o empapelar y colocar propaganda electoral en edificios, monumentos públicos, pasos elevados, estructuras públicas adyacentes, casetas de peaje en las autopistas, coliseos deportivos públicos, sitios de interés histórico y cultural, hospitales, asilos, colegios, iglesias y templos.

Esta norma también indica que se prohíbe las propagandas en señales, semáforos, leyendas de tránsito en las carreteras, calles o caminos; en tendidos eléctricos y telefónicos, y la servidumbre pública.

Las propagandas tampoco se podrán colocar en árboles o cualquier otro lugar en que se viera afectado el sistema ecológico o medioambiente, así como los avisos, anuncios de publicidad que obstruyan la visibilidad mínima o pongan en peligro la seguridad vehicular o de las personas.

El Tribunal Electoral ya ha removido anuncios por incumplimiento a la norma.

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