Arraiján impone toque de queda a menores de edad: no podrán estar solos en la calle de noche

Los menores encontrados en la vía pública fuera del horario establecido y sin el acompañamiento requerido serán retenidos por la Policía de Niñez y Adolescencia y trasladados a un recinto especial, donde permanecerán bajo custodia hasta que sus familiares los reclamen.

Vista Aérea desde la entrada de Nuevo Chorrillo, Arraiján / TVN Noticias

La Alcaldía de Arraiján estableció un toque de queda para menores de 18 años en todo el distrito, con el objetivo de reducir los riesgos de seguridad asociados a hechos delictivos y situaciones de violencia en las que participan jóvenes.

La medida está contenida en el Decreto Alcaldicio N.º 010-2026, firmado el 28 de septiembre por la alcaldesa Stefany Dayan Peñalba y publicado este viernes 9 de octubre de 2026 en la Gaceta Oficial Digital N.º 30630.

La disposición restringe la circulación de menores de 18 años que no estén acompañados por sus padres, representante legal, tutor o un adulto responsable durante determinados horarios nocturnos.

¿Cuáles son los horarios del toque de queda?

El decreto establece dos horarios, según el día de la semana:

  • De domingo a jueves: de 9:00 p.m. a 5:00 a.m.
  • De viernes a sábado: de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.

La condición de padre, madre, representante legal, tutor o adulto responsable deberá acreditarse mediante documentos como la cédula juvenil, una resolución judicial o el certificado de nacimiento, según corresponda.

¿Qué excepciones contempla la medida?

Los menores que estudien en jornada nocturna podrán circular hasta las 11:00 p.m., siempre que porten el carné de identificación de su centro educativo.

Si el plantel todavía no cuenta con ese documento, deberá emitir una certificación que incluya los datos generales del estudiante y confirme su condición de alumno.

En actividades familiares, sociales o religiosas, como bautizos, matrimonios, cumpleaños, graduaciones y cultos, los menores deberán estar acompañados por un adulto responsable.

¿Qué ocurrirá con los menores que incumplan el horario?

Los menores encontrados en la vía pública fuera del horario establecido y sin el acompañamiento requerido serán retenidos por la Policía de Niñez y Adolescencia y trasladados a un recinto especial, donde permanecerán bajo custodia hasta que sus familiares los reclamen.

Durante ese periodo, tendrán derecho a realizar llamadas telefónicas para avisar a sus familiares.

Si ningún familiar los reclama a las 8:00 a.m. del día siguiente, serán puestos a órdenes de la autoridad competente.

El decreto también contempla la intervención de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf), que brindará orientación y desarrollará programas de fortalecimiento familiar mediante charlas dirigidas a padres y menores cuando la falta se cometa hasta en dos ocasiones consecutivas.

Multas de B/.50 para padres y tutores

Las sanciones para los padres, tutores, representantes legales o adultos responsables serán progresivas, según lo establecido en el decreto.

  1. Primera etapa: citación ante la Senniaf, gestionada por la Policía de Niñez y Adolescencia, para determinar las medidas de orientación necesarias. Esta acción podrá realizarse hasta en dos ocasiones.
  2. Segunda etapa: multa de B/.50 a favor del Tesoro Municipal, además de la participación en charlas y programas de orientación más intensivos.
  3. Incumplimiento de las sanciones: los responsables podrán ser sancionados por desacato, conforme a la ley.

Las autoridades policiales deberán llevar un registro de los menores retenidos y de las sanciones aplicadas a sus responsables para identificar posibles reincidencias.

También habrá sanciones por presencia de menores en lugares prohibidos

El decreto establece una multa de B/.50 para el adulto responsable de un menor que sea retenido durante el toque de queda dentro de bares, discotecas, discotecas móviles, cantinas, toldos, parrilladas, billares, fiestas clandestinas, parkings, casinos y otros establecimientos similares.

Esta sanción se aplicará sin perjuicio de otras medidas contempladas en la Ley N.º 55 de 1973 para quienes permitan el ingreso o la permanencia de menores en esos lugares.

¿Qué pasará con los menores que trabajen de noche en la calle?

La disposición también incluye a los menores que sean detectados trabajando de noche en calles, veredas, vías o avenidas del distrito, incluso si están acompañados por un adulto.

El decreto considera que estos casos constituyen situaciones de riesgo social, por lo que los menores serán puestos a órdenes del Juzgado de Niñez y Adolescencia, que determinará las medidas de protección correspondientes.

Entre los argumentos que sustentan la medida, la Alcaldía señala que la Policía Nacional remitió informes técnicos y solicitudes institucionales que identifican al corregimiento de Veracruz como un área con alta incidencia delictiva y problemas de convivencia, particularmente durante la noche.

La administración municipal describe el toque de queda como una medida temporal, focalizada y evaluable.

Como parte del seguimiento, la Policía Nacional deberá coordinar los operativos con la Policía de Niñez y Adolescencia. Ambas instituciones, junto con la Senniaf, participarán en la evaluación de los resultados.

El decreto dispone que la Policía de Niñez y Adolescencia y la Senniaf remitan informes cada 15 días, con datos estadísticos sobre los operativos y sus resultados, para evaluar la efectividad de las medidas.

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