La Gran Mentira
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A través del Decreto Ejecutivo N° 961 del 18 de agosto de 2020, se reglamentaron las sanciones que debe aplicar el Ministerio de Salud (Minsa), ante el incumplimiento de medidas ordenadas por razón de la enfermedad COVID-19.
La legislación establece, que será competencia de los directores de subcentros, centros, policentros de salud y Minsa-Capsi sancionar con multas desde $10.00 hasta $500.00 las siguientes conductas:
En tanto, los directores regionales de salud, deberán multar de $501.00 hasta $5.000.00 a quienes incurran en las siguientes conductas:
Asimismo, el director general de salud pública sancionará con multas desde $5,001.00 hasta $100,000.00, a aquellos que insistan en incurrir en grado de reincidencia las conductas sancionadas en primera instancia, circulación de personas diagnosticadas con COVID-19 sujetas a aislamiento encontradas en supermercados, estaciones de transporte público o áreas de concurrencia masiva.