Autorizaciones firmadas y multas para los padres: lo que establece el 'toque de queda' en la provincia de Herrera
Las autoridades de la provincia de Herrera deberán hacer cumplir un toque de queda, emitido mediante Resolución N°31 del 14 de junio del 2017 y que fue publicada en Gaceta Oficial el martes 27 de junio.
De acuerdo al documento, el toque de queda aplica para todas las personas menores de edad y no podrán deambular solos por las calles, sin la compañía de sus padres, tutores, representantes legales o adultos responsable, debidamente autorizados.
El toque de queda es válido desde las 9:00 p.m., hasta las 6:00 a.m., de lunes a domingo.
Si el adulto que acompaña al menor de edad no es un familiar, debe estar debidamente autorizado por escrito y solo podrá tener bajo su responsabilidad un máximo de dos menores.
La medida exceptúa a los menores trabajadores de acuerdo a lo establecido en el Código de la Familia, los que estudien en horario nocturno, quienes deberán tener identificación que los acredite como estudiantes.
También se harán excepciones con los estudiantes que por motivos de distancias de su residencia y la escuela a la que asisten, deban salir antes de las 6:00 a.m. Ellos también deberán tener en todo momento el cané de estudiantes.
Los menores que se encuentren en las calles después de las 9:00 p.m., serán aprehendidos por la Policía Nacional (PN), y trasladados a un “recinto especial” y permanecerán allí hasta que sean reclamados por sus padres.
Los menores que no sean reclamados antes de las 8:00 a.m., serán puestos a órdenes de las autoridades correspondientes.
Por otra parte, los padres de los menores o responsables, de los menores que sean aprehendidos por la PN, serán sancionados con 50 dólares de multa la primera vez, y se doblará la cantidad en caso de reincidencia.
Además deberán asistir al Ministerio de Desarrollo Social a recibir charlas de orientación.
Lo establecido entró a regir a partir de su publicación en Gaceta Oficial.