Oficializan nuevas pautas para la compensación de ACH
A través del acuerdo No. 001-2016, publicado en la Gaceta Oficial del miércoles, 10 de febrero, se oficializaron las nuevas pautas de compensación de ACH, dictadas por la Superintendencia de Bancos de Panamá.
Se trata del acuerdo por medio del cual se establecen parámetros generales sobre la compensación ACH y disponibilidad de fondos.
Las nuevas disposiciones, aplicarán para los bancos oficiales, de licencia general y bancos de licencia internacional.
Según el documento, los bancos deben asegurarse de monitorear la posición de transacciones por ACH que se realizan durante el día a fin de disponer de los fondos requeridos para cumplir con el proceso de liquidación de las transacciones diarias realizadas por ACH.
Para cumplir lo anterior- destaca el acuerdo- los bancos deben remitir a la mayor brevedad posible cualquier faltante que tengan en su posición ACH a la cuenta especial de compensación que mantiene con el Banco Nacional. Si el saldo de esta cuenta no cubre el faltante. La cuenta deberá recibir los fondos antes de las 5:15 p.m.
En el caso de bancos agenciados que reciben el servicio de compensación, deberán asegurarse de remitir los fondos a la cuenta de su banco agente.
El Banco Nacional procederá a liquidar la posición neta de las transacciones ACH, utilizando cuentas de compensación que mantienen los bancos para tales efectos en esta entidad. Se realizará a más tardar las 6:00 p.m. del mismo día.
Corresponderá a la Cámara de Compensación del Banco Nacional notificar la liquidación de los fondos correspondientes.
Estas nuevas reglas comenzarán a regir a partir del 16 de abril de 2016.