Propuesta de reformas constitucionales: 'diputados sólo podrán reelegirse una vez'

Reunión del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo, donde se discutió la reforma constitucional.

La propuesta de reformas a la Constitución, plantea cambios que van desde la investigación y juzgamiento para diputados y magistrados de la Corte, hasta la prohibición de postularse a cargos de elección popular, a quienes hayan sido condenados por delito doloso.

El borrador de reformas constitucionales denominado "Propuesta de Anteproyecto de Acto Constitucional", fue publicado en la página web del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo.

Condenados no pueden ser candidatos

Se establece que los panameños condenados por delito doloso, no podrán aspirar a los cargos de presidente o vicepresidente de la República, diputado de la Asamblea o representante de corregimiento. No se incluyó el cargo de alcalde en este apartado.

Solo basta con tener una sentencia de un tribunal de justicia, debidamente ejecutoriada, sin tomar en cuenta los años de prisión al que ha sido condenada la persona.

Es decir que el panameño que es condenado a 3, 5 ó 20 años de prisión por delito doloso, no podrá aspirar a presidente, diputado ni representante.

Una persona emite su voto. / TVN Noticias

Los presidentes de la República no podrían aspirar al cargo de vicepresidente de la República, hasta 10 años después de transcurrido el periodo constitucional vigente.

Tampoco podrán postularse los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, del presidente o vicepresidente en funciones.

Límites a la reelección

Pleno de la Asamblea Nacional. / TVN Noticias

Los diputados sólo podrán reelegirse por un periodo adicional de 5 años; es decir, que pueden ocupar una curul en la Asamblea por 10 años, y después de ese plazo, no podrán aspirar nuevamente al cargo.

El Partido Revolucionario Democrático (PRD) se opuso y planteó que luego de los 10 años, y pasado un periodo de gracia de 5 años, se permita que se puedan postular nuevamente al cargo de diputado. Pero hasta el momento, esa opción no ha sido aprobada en la Concertación.

También se establece que los diputados suplentes, sólo cobrarán su salario cuando estén trabajando en reemplazo del diputado principal. Mientras no estén laborando en la Asamblea, no reciben emolumentos.

Otra disposición es que el diputado suplente no podrá ser el cónyuge o pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, del diputado principal.

Cambios en circuitos uninominales

Sede del Tribunal Electoral. / TVN Noticias

Con la propuesta, se establece que todas las provincias estarán compuestas por circuitos plurinominales, para elegir a no menos de dos diputados. La novedad, es que en ese renglón de plurinominales se incluyen a Bocas del Toro y Los Santos, (donde salen electos dos diputados), y Herrera, (en donde se eligen tres diputados).

Lo que no se dice es si aumentará el número de diputados en esas tres provincias.

En la provincia de Darién, y las comarcas Guna Yala y Ngäbe Buglé, se mantienen los circuitos uninominales.

Otra novedad es que se crea el circuito uninominal de la comarca Emberá-Wounaan.

Luego de consultar con los partidos políticos y la Comisión Nacional de Reformas Electorales, el Tribunal Electoral debe elaborar y presentar el proyecto de ley para la creación de los nuevos circuitos electorales.

Los circuitos estarán conformados en proporción al número de electores del último padrón electoral.

Juzgamiento

Estrado de un tribunal de justicia. / TVN Noticias

El cambio constitucional plantea que los diputados serán investigados por el Procurador de la Nación y juzgados por un tribunal integrado por tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Un magistrado de la Sala Penal sería el juez de garantías en los procesos a diputados, y la detención provisional y otra medida cautelar, será decidida únicamente por el pleno de los nueve magistrados de la Corte.

Esta disposición cambia por completo las reglas del juego, porque actualmente los diputados, son investigados por un magistrado y juzgados por los nueve togados del máximo tribunal de justicia.

El Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) se opuso a esta propuesta, al considerar que los diputados deben ser juzgados por la justicia ordinaria, y no por los magistrados de la Corte. Sin embargo, esta propuesta de Conep, no ha sido tomada en cuenta.

Se mantiene la potestad de la Asamblea para investigar denuncias o querellas contra el Presidente de la República, y juzgarlo de ser necesario.

Nuevos requisitos para magistrados

Corte Suprema de Justicia. / TVN Noticias

Para el nombramiento de los magistrados, se establece que el Consejo de Gabinete hará la escogencia, de una terna que proponga el Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo.

El periodo de trabajo de los magistrados sube a 15 años, cuando actualmente es de 10 años.

Entre los requisitos para ser magistrado, se incluye que el aspirante debe tener 45 años de edad, 15 años ejerciendo el derecho y tener estudios especializados o experiencia profesional en temas afines al cargo, o a la sala de la Corte que pretende ocupar.

La investigación contra los nueve magistrados de la Corte, estará a cargo de la Procuraduría de la Nación y su juzgamiento a cargo del nuevo Tribunal Constitucional.

Con la actual Constitución, los magistrados son investigados y juzgados por la Asamblea Nacional. Y viceversa, es decir, los magistrados investigan y juzgan a los diputados, por lo que siempre se habla de un pacto de no agresión entre el Legislativo y el Judicial.

Creación de Tribunal Constitucional

Las reformas incluyen la creación de un Tribunal Constitucional dentro del Órgano Judicial, que estaría integrado por cinco magistrados nombrados igualmente por 15 años y siguiendo los mismos requisitos aplicados para los magistrados de la Corte.

Con esto, serían 14 magistrados que estarían dentro del Órgano Judicial. Este Tribunal Constitucional estaría encargado de resolver controversias de interpretación de la Carta Magna.

Al tribunal le tocaría atender demandas, consultas y acciones de inconstitucionalidad y recursos de inexequibilidad. Y como se dijo, el Tribunal Constitucional juzgará los procesos seguidos a alguno de los nueve magistrados de la Corte.

Los presupuestos del Órgano Judicial y el Ministerio Público, no serán inferiores en su conjunto, al 2% del presupuesto general del Estado.

Prohibiciones

Un artículo de la propuesta le prohíbe a los diputados ejecutar obras públicas o manejar partidas presupuestarias, por sí mismos o a través de otras personas, incluyendo organizaciones sin fines de lucro, o por medio de entidades públicas.

En cuanto a la división política, se incluye el concepto de "comarcas indígenas". Es decir que el territorio panameño está dividido en provincias y comarcas indígenas, que a su vez se dividen en distritos y corregimientos.

Todas estas propuestas deberán ser discutidas y debatidas. El presidente electo Laurentino Cortizo, ha manifestado que pretende reformar la Constitución a través de dos asambleas y un referéndum que se estima, podría ser convocado en un año.

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