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Duque prolonga por un año la prohibición de porte de armas de fuego en Colombia

El presidente de Colombia, Iván Duque.
El presidente de Colombia, Iván Duque. / EFE
Efe
26 de diciembre 2018 - 09:10

El presidente de Colombia, Iván Duque, anunció hoy que firmó un decreto con el que se prolonga por un año la prohibición de porte de armas de fuego en el país y reiteró que el uso de estas es "monopolio del Estado".

"He firmado el decreto 2362 que mantiene suspendidos los permisos para el porte de armas en el territorio nacional, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019", anunció el mandatario en su cuenta de Twitter.

Duque detalló que "el derecho a autorizaciones especiales se mantiene" y subrayó: "El monopolio de las armas debe estar en manos del Estado".

Con ello, Duque prorroga la medida adoptada por su antecesor Juan Manuel Santos el 30 de diciembre del año pasado, que prohibió el porte de esas armas durante todo 2018.

El nuevo decreto fue emitido días después de que el congresista Christian Garcés, del partido Centro Democrático, el mismo del presidente, y con el apoyo de otros legisladores, pidiera a Duque modificar la norma vigente para flexibilizar los salvoconductos para el porte de armas de fuego.

El decreto firmado por Duque, con fecha del pasado 24 de diciembre y cuyo texto fue divulgado hoy por la Presidencia, establece que "las autoridades militares (...) adoptarán las medidas necesarias para la suspensión general de los permisos de porte de armas en todo el territorio nacional".

"El Ministerio de Defensa Nacional, durante la vigencia del presente decreto, impartirá a las autoridades militares competentes los lineamientos y/o directrices para la expedición de las autorizaciones especiales que requieran los titulares por razones de urgencia o seguridad", agrega el texto.

Al respecto, el ministro de Defensa, Guillermo Botero, dijo a Caracol Radio que lo único que cambia con relación a la norma anterior es que su despacho fijará condiciones "más objetivas" para el porte de armas en los casos en que sea necesario, de manera que los salvoconductos no sean emitidos con carácter discrecional por los funcionarios.

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