¿Cuánto deberán pagar las empresas a sus trabajadores luego de decretarse Día de Fiesta Nacional?

Trabajadores deberán recibir un recargo adicional en su salario por laborar este miércoles

El ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), Luis Ernesto Carles, señaló que todo trabajador que labore en el sector privado este miércoles 11 de octubre, deberá recibir un recargo adicional en su pago regular.

El recargo adicional del 150% se deberá hacer efectivo, luego de que el presidente de la República, Juan Carlos Varela, firmara tres decretos ejecutivos donde se declara “Día de Fiesta Nacional”, tras el histórico partido jugado entre la Selección de Panamá vs Costa Rica, donde el marcador favoreció al onceno panameño, posicionándonos por primera vez en un mundial de fútbol.

El artículo 49 del Código de trabajo señala:El trabajo en día de fiesta o duelo nacional se pagará con un recargo del 150 por ciento sobre el salario de la jornada ordinaria de trabajo, sin perjuicio del derecho del trabajador a que se le conceda como compensación cualquier otro día de descanso a la semana. El recargo del 150 por ciento incluye la remuneración del día de descanso”.

“Es la primera vez que Panamá va a un mundial, está entre los 32 mejores países del mundo en el fútbol, por eso hemos decretado este 11 de octubre como Día de Fiesta Nacional. Para ello se han establecido tres decretos, uno es para todos los trabajadores del sector privado", enfatizó Carles.

El decreto exceptúa a las actividades económicas vinculadas con el sector salud, hotelería, restaurantes; es decir que pueden trabajar hoy en su jornada ordinaria.

El otro decreto fue firmado para el sector público, donde se ordena el cierre de las oficinas públicas, exceptuando de estas disposiciones a las instituciones de salud de la Caja de Seguro Social (CSS) y el Ministerio de Salud (Minsa), lo cual incluye, hospitales, clínicas, policlínicas, centros de salud y unidades de salud.

De igual forma, se exceptúa de la medida, a las oficinas del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacional (Idaan), oficinas postales, del Benemérito Cuerpo de Bomberos (BCBRP), la Fuerza Pública, el Servicio Nacional de Migración, el Metro de Panamá S.A y el Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc), servicios portuarios, debido a que por razón de la naturaleza del servicio que prestan, deben permanecer funcionando.

El tercer decreto firmado por el mandatario panameño, es el referente a la suspensión de clases en las escuelas oficiales y particulares en el país.

Las entidades bancarias estatales (Banco Nacional y Caja de Ahorros), así como los bancos privados, también están dentro del decreto firmado por el presidente Varela por lo que no estarán prestando sus servicios.

Si algún banco desea abrir tendría que pagar el 150% de recargo a sus trabajadores”, aseveró el ministro de Trabajo.
Si te lo perdiste
Lo último
stats