DGI extiende plazo para actualizar información del RUC hasta diciembre

Se aprobó que dichas actualizaciones se realicen a través del sistema informático de gestión tributaria de la DGI, e-TAX 2.0, completando todos los campos.

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Sede de la DGI / DGI

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), a través de la Dirección General de Ingresos (DGI), extendió el plazo para que todos los obligados tributarios o contribuyentes naturales o jurídicos actualicen su información en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

La medida se estableció en la Resolución No. 201-6695 del 12 de agosto de 2025, publicada en la Gaceta Oficial de este jueves 21 de agosto.

El plazo se extendió hasta el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de que puedan ser aplicadas las sanciones correspondientes por proporcionar dicha información de manera parcial, insuficiente o errónea, o no actualizar los datos en el registro, dentro del plazo establecido.

Para ello, en la resolución se aprobó que dichas actualizaciones se realicen a través del sistema informático de gestión tributaria de la DGI, e-TAX 2.0, completando todos los campos.

De acuerdo con el MEF, esta medida se fundamenta en la Ley 76 de 2019, mediante la cual se aprobó el Código de Procedimiento Tributario, en donde en el artículo 56 se establece la obligación del contribuyente de actualizar ante la DGI cualquier cambio en la información del RUC, ya que de no actualizar se considerará vigente el domicilio declarado inicialmente.

La prórroga surge tras detectar algunas inconsistencias y omisiones respecto a estas disposiciones, por lo que en la Resolución No. 201-4488 del 4 de junio de 2025, la DGI brindó un plazo hasta el 31 de agosto de 2025, el cual está próximo a vencerse y se hace necesaria la extensión del mismo. Quien incumpla con esta normativa podrá ser sancionado con una multa de 100.00 a 500.00 dólares, restricciones para presentar formularios y limitaciones en trámites tributarios.

¿Cómo actualizar la información?

Debe ingresar al enlace http://etax2.mef.gob.pa y completar todos los campos requeridos del formulario; se recomienda verificar que la información esté correcta antes de enviar a la DGI.

Dicha resolución se publicó en la Gaceta Oficial No. 30348 del 21 de agosto de 2025.

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