Exoneración de impuesto en préstamos hipotecarios es extendida hasta 2028

Casas de barriada
Se podrán acoger al beneficio las viviendas con permisos de ocupación expedidos desde el 1 de enero de 2017 / Foto/Archivo

Ciudad de Panamá, Panamá/La exoneración en préstamos hipotecarios, con intereses preferenciales, fue extendida hasta 2028, con la aprobación en tercer debate, del proyecto 1009.

El rango de precios alcanzan de 45,000 hasta 180,000 dólares.

La iniciativa propuesta por los diputados Crispiano Adames y Alina González, modifica la Ley 94 de 2019 y la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.

¿En qué consiste?

Esos ajustes permiten extender, de forma transitoria, el plazo para aplicar a los beneficios y la exoneración del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles en la operación de primera compraventa, reconocido en la Ley 106 de 1974, hasta el 1 de agosto del año 2028.

El referido tramo preferencial no podrá exceder:

  • De 4% en los préstamos para viviendas por un periodo de 10 años no renovable cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 45,000 y no exceda de B/. 120,000.
  • 2% en los préstamos para viviendas plurifamiliar vertical con un periodo de 5 años no renovable cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 120,000 y no exceda de B/. 150,000 a nivel nacional.
  • 1.5% de los préstamos de vivienda plurifamiliar vertical por un periodo de 5 años no renovables cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 150,000 y no exceda de B/. 180,000 a nivel nacional.

También se podrán acoger al beneficio las viviendas cuyos permisos de ocupación fueron expedidos desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de promulgación de la presente ley, sólo para los préstamos hipotecarios que se otorguen hasta el 30 de junio de 2024.

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