Segundo Tribunal no podrá separar expediente de jóvenes asesinados en La Chorrera
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia frenó las intenciones del Segundo Tribunal Superior de no atender la innvestigación por blanqueo de capitales seguida contra tres personas luego del secuestro y asesinato de cinco jovenes de origen chino en La Chorrera, en 2011.
Con una resolución del lunes 12, la Sala Penal, bajo la ponencia del magistrado Harry Díaz, determinó que así como ve los delitos de homicidio doloso y secuestro, el Segundo Tribunal debía resolver la causa por blanqueo de capitales.
El 19 de junio de 2014, el Segundo Tribunal llamó a juicio por secuestro, homicidio doloso y lavado de dinero a Alcibiades Méndez, Gilberto Ventura Ceballos y otras cinco personas. Y en el mismo fallo, se inhibió de enjuiciar a otras tres personas por el delito de blanqueo y remitió el caso a un juzgado de circuito.
Esta última decisión fue apelada por la Fiscalía Tercera Superior y los abogados querellantes, recurso que ahora es resuelto por la Sala Penal.
Esta parte del caso surgió tras la confirmación de que la familia de los cinco chinos pagó $83 mil por su fallida liberación.
Díaz se basó en que "sería lesivo e incongruente con el principio de economía procesal, dividir la causa en dos (...) pues ya existe conexidad o vinculación al proceso".
La decisión se adoptó tras recursos que presentaron tanto la Fiscalía Tercera Superior de Panamá como el abogado acusador, Samuel Quintero.
Los cinco jóvenes universitarios de origen chino fueron secuestrados, asesinados y enterrados en una casa en El Trapichito, de La Chorrera, en un hecho dado a conocer hace cinco años.
Una vez notificadas todas las partes en este caso, el Segundo Tribunal deberá fijar fecha para celebrar el juicio.