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Casi 100 reos podrían quedar libres condicionalmente

Foto ilustrativa: Centro Penitenciario La Joya

Unos 99 reos podrían ser beneficiados con la medida de libertad condicional y otros 313 con una rebaja de pena en los próximos días, luego que el Ministerio de Gobierno (Mingob) publicara el listado con los candidatos, tal como establece la Constitución Política de la República de Panamá.

El artículo 184 de la Constitución Política faculta al presidente de la República a decretar indultos, rebajas de pena y conceder la libertad condicional.

Los requisitos para los beneficios están fundamentados en el artículo 112 del Código Penal y 99 del Decreto Ejecutivo 393 de julio de 2005, que reglamenta al Sistema Penitenciario.

Según el Mingob, “la libertad condicional es una medida de confianza que permite que la persona privada de libertad cumpla el resto de la pena en su domicilio, con opción para trabajar y estudiar. Sólo estará sujeto a controles de firma cada quince días y seguimientos por parte del equipo técnico de la Dirección General del Sistema Penitenciario”.

¿Cómo se obtiene el beneficio?

Agrega la entidad en un comunicado que para obtener este beneficio la persona privada de libertad debe haber cumplido las 2/3 partes de la condena, no poseer otras sanciones o penas sin cumplir, haber sido clasificado en los periodos de pre libertad o libertad vigilada, buena conducta, informe de pronóstico favorable y mostrar índice de readaptación.

Además, la persona privada de libertad que es beneficiada con esta libertad condicional debe cumplir con la propuesta de tratamiento en el medio libre, no acudir a determinados lugares prohibidos, apersonarse a los servicios sociales, estar bajo supervisión del personal penitenciario y no portar armas.

Conoce la lista para libertad condicional aquí

Sin embargo, la medida puede ser revocada o suspendida cuando quien la recibe incumple las reglas establecidas anteriormente, ingresa a prisión por un nuevo delito, es condenado por hechos anteriores a la concesión de la libertad condicional y cuando haya cumplido la edad de jubilación o se halle incapacitado por deficiencia física, psíquica o enfermedad grave, la acogida se establece sin límite de tiempo o condición.

En tanto, la rebaja de pena, es una gracia presidencial que otorga el Presidente de la República con la participación del Ministro de Gobierno, en beneficio de personas privadas de libertad con sentencia en firme.

Conoce la lista para rebaja de pena aquí

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