Municipio de Panamá modifica las reglas de su empresa municipal y autoriza aporte de hasta $10,000

Esta es la primera empresa municipal. Los cambios modifican sus reglas de funcionamiento, participación accionaria y manejo de recursos.

Sede del Municipio de Panamá. / TVN Digital

Ciudad de Panamá, Panamá/El Municipio de Panamá autorizó un aporte inicial de hasta $10,000 al capital social de su empresa municipal, constituida en marzo de 2026 para desarrollar actividades económicas vinculadas con bienes, servicios y proyectos municipales. Ahora, un nuevo acuerdo modifica sus reglas de funcionamiento, participación accionaria y manejo de recursos.

Los cambios están contenidos en el Acuerdo N.º 305 del 6 de octubre de 2026, publicado este lunes 19 de octubre en la Gaceta Oficial, que reforma la autorización original otorgada mediante el Acuerdo N.º 107 del 22 de abril de 2025.

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El aporte se realizará por conducto de la Tesorería Municipal y estará “sujeto a la existencia de disponibilidad presupuestaria”. El documento autoriza el desembolso, pero no señala que ya se haya efectuado.

¿Cuándo se constituyó y qué hará la empresa?

El acuerdo señala que, tras la autorización de abril de 2025, por parte del Concejo Municipal, se realizaron las actuaciones para constituir la empresa municipal mediante la Escritura Pública N.º 6616 del 26 de marzo de 2026, bajo el régimen de sociedad anónima.

Los representantes en su momento aseguraron que dieron el aval para que constituyera la empresa municipal que ayude a mejorar la recaudación en el distrito capital.

Su objeto comprende “desarrollar, administrar, operar y explotar económicamente bienes, servicios, proyectos, actividades, plataformas y activos vinculados directamente con las competencias y finalidades públicas del Municipio de Panamá”, según lo publicado.

Entre sus actividades figuran administrar, arrendar y explotar económicamente locales, estacionamientos, mercados, quioscos y áreas publicitarias que le pertenezcan o cuya gestión le haya sido legalmente encomendada.

También podrá organizar y comercializar eventos, ferias, festivales y actividades municipales; gestionar patrocinios y espacios para vendedores; desarrollar plataformas digitales y mecanismos de pago; y explotar marcas y productos vinculados con la identidad, la cultura y el turismo del distrito.

¿Por qué modifican las reglas?

Según los considerandos del acuerdo, durante el proceso de constitución e implementación se identificó la necesidad de ajustar las disposiciones para “precisar su objeto y ámbito de actuación, adecuar su régimen de capital social, establecer las modalidades de integración de los aportes y delimitar la representación y el ejercicio de los derechos del Municipio de Panamá en su condición de accionista”.

El documento también señala que resulta necesario regular la titularidad de las acciones para que correspondan efectivamente al Municipio y estén inscritas en el Libro de Registro de Acciones de la sociedad.

Acciones y representación del Municipio

La norma establece que el capital autorizado estará representado por 10,000 acciones comunes nominativas y sin valor nominal.

“La participación accionaria municipal deberá mantenerse en el cien por ciento (100%), salvo autorización previa y expresa del Consejo Municipal mediante acuerdo”, dispone el texto, junto con el cumplimiento de las demás exigencias legales.

Además, antes de realizar nuevos aportes de capital o disponer de recursos, bienes o derechos municipales a favor de la empresa, deberán formalizarse las actuaciones necesarias para acreditar y registrar la titularidad municipal de todas las acciones emitidas y en circulación.

El alcalde representará al Municipio en la Asamblea de Accionistas, aunque podrá designar a un tercero. Tendrá facultades para ejercer el voto, aprobar estados financieros y designar o remover directivos cuando corresponda al accionista.

Sin embargo, transferir acciones municipales, incorporar nuevos accionistas, modificar la participación íntegramente municipal o disolver la sociedad requerirá autorización previa y expresa del Consejo Municipal. También la necesitarán las operaciones de endeudamiento o garantías que comprometan el patrimonio municipal.

Límites a los aportes y a sus funciones

El acuerdo permite aportes mediante recursos ordinarios y, cuando sea jurídicamente procedente, mediante bienes incorporales o derechos municipales susceptibles de valoración económica.

No obstante, establece expresamente que “no podrán aportarse bienes de uso público, inmuebles, infraestructuras, instalaciones, espacios públicos ni bienes cuyo régimen jurídico impida su transferencia”.

La utilización o explotación de bienes municipales por parte de la empresa requerirá el instrumento jurídico y las autorizaciones correspondientes.

Asimismo, la sociedad no podrá ejercer potestades públicas del municipio. Es decir, que no podrá establecer o modificar tributos, imponer sanciones, expedir actos administrativos ni otorgar permisos o autorizaciones administrativas.

Contrataciones, controles e ingresos

Aunque la empresa tendrá autonomía financiera y administrativa, el acuerdo dispone que esta se ejercerá sin perjuicio de las normas de contratación pública aplicables y de las obligaciones de fiscalización, transparencia, control y rendición de cuentas.

Los rendimientos líquidos que correspondan al Municipio como accionista constituirán ingresos del Tesoro Municipal. La creación de reservas y la eventual reinversión de utilidades deberán estar sustentadas y observar las normas presupuestarias, contables, fiscales y de control.

El acuerdo fue sancionado por el alcalde Mayer Mizrachi el 7 de octubre y comenzó a regir con su promulgación en la Gaceta Oficial.

Lea aquí abajo el acuerdo de las modificaciones:

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Municipio de Panamá modifica reglas de su empresa municipal
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