¿Cómo se pagará el subsidio por maternidad a trabajadoras afectadas con suspensión de contratos?

Durante el 2020 se han pagado $38,565,962 a 10,978 embarazadas.

Solamente en enero de 2021, la CSS canceló $8,911,558.00 en concepto de subsidios a 9,216 asegurados activos, mujeres embarazadas y jubilados y pensionados.

¿Cómo se pagará el subsidio por maternidad a trabajadoras afectadas con suspensión de contratos? / Foto/CSS

Debido a la pandemia por la COVID–19, un número regular de empresas han suspendido los contratos de algunos de sus trabajadores o han cerrado operaciones, incluso desde marzo de 2020, fecha en que se confirmaron los primeros casos del virus en el país.

Por este freno laboral han resultado afectados muchos empleados, entre ellos las mujeres laboralmente activas en estado de gravidez, algunas de las cuales, además de quedar sin sustento diario no han podido recibir su subsidio de maternidad desde el año pasado.

No obstante, con la aprobación en tercer debate del proyecto de Ley 543 que establece medidas temporales para preservar el empleo, normalizar las relaciones de trabajo y dicta otras disposiciones, se reconocerá el pago de las licencias de maternidad a las trabajadoras con contratos suspendidos.

¿Cómo se hará el proceso de reconocimiento?

Conforme al artículo 25 de la prerrogativa, la Caja de Seguro Social (CSS) reconocerá, de manera excepcional, el pago del subsidio por maternidad consagrado en el artículo 72 de la Constitución Política de la República de Panamá a las trabajadoras aseguradas que mantengan o hayan mantenido su contrato de trabajo suspendido, de conformidad con las normas relativas a la suspensión temporal de los efectos de los contratos de trabajo por fuerza mayor o caso fortuito, emitidas a razón de la pandemia de la COVID-19.

Esto, pese a que no hayan cubierto las nueve cuotas mensuales en los 12 meses anteriores al séptimo mes de gravidez, requeridas para tener derecho a dicho subsidio.

¿Cuáles son los pasos para solicitar la licencia por maternidad?

Para acceder a este beneficio excepcional, las trabajadoras aseguradas deberán formalizar su solicitud a más tardar el 31 de julio de 2021, y presentar, junto con la documentación requerida, una certificación emitida por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), en la que conste la suspensión temporal de su contrato de trabajo.

La Caja de Seguro Social será la encargada de realizar el trámite pertinente y conceder de manera excepcional el pago del subsidio por maternidad solicitado en virtud de esta Ley.

Embarazadas cotizantes deben solicitar el subsidio. / Foto Ilustrativa (EFE)

En tanto, el artículo 26 destaca que las trabajadoras aseguradas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 25; serán beneficiadas de manera excepcional con el pago del subsidio por maternidad, correspondiente a las 6 semanas antes y 8 semanas después del parto, conforme a lo establecido en el artículo 146 de la Ley 51 de 2005.

El monto del subsidio por maternidad ascenderá al sueldo medio semanal sobre el cual hubiera cotizado la trabajadora asegurada en el mes anterior a la primera suspensión temporal del contrato de trabajo, debidamente declarado a la Caja de Seguro Social.

Excepciones

La Caja de Seguro Social declinará el pago de este beneficio excepcional a las trabajadoras aseguradas cuyos empleadores no se encontrasen al día en el pago de las cuotas empleado-empleador al mes anterior a la primera suspensión temporal de su contrato de trabajo.

En estos casos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 107 del Código de Trabajo. "La trabajadora asegurada que haya recibido el pago de las sumas correspondientes al subsidio por maternidad de parte de su empleador no podrá acceder al beneficio excepcional establecido".

De no cumplir con los supuestos, la Caja de Seguro Social, a través de la Comisión de Prestaciones, dictará una resolución negando la solicitud de pago de este beneficio excepcional.

El Órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Economía y Finanzas, realizará los trámites necesarios para asegurar el financiamiento correspondiente al pago de este beneficio excepcional, por lo que entregará a la Caja de Seguro Social los fondos requeridos hasta la concurrencia de cinco millones de balboas (B/.5 000 000.00), a fin de cumplir con lo establecido en la presente Ley.

Pago de subsidio por maternidad en lo que va de pandemia

Solamente en enero de 2021, la CSS canceló $8,911,558.00 en concepto de subsidios a 9,216 asegurados activos, mujeres embarazadas y jubilados y pensionados.

De acuerdo a estos datos, en subsidios de maternidad se pagaron $38 565 962 a 10 978 embarazadas.

En comparación con el año 2019, que se desembolsaron $70,212,432.00 en concepto de subsidios, para el 2020 se redujo en $11,541,551.00 a causa de la suspensión de contratos de trabajo. En el caso de subsidio de maternidad, hubo una diferencia de $7,485,892.00 entre los dos periodos.

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