Analizan proyecto de ley que eliminaría vehículos 'chatarra' de los espacios públicos

Asamblea Nacional

La ley sería aplicable a entidades del Gobierno Central, entidades autónomas, semiautónomas, descentralizadas, empresas mixtas, municipales, y a todas las personas naturales o jurídicas propietarias de vehículos automotores.

Chatarras del Municipio de San Miguelito convertidas en criaderos de mosquitos
Arellys Marquínez - Periodista/Redactora
15 2023 - 17:30

Una subcomisión designada por la Comisión de Población, Ambiente y Desarrollo de la Asamblea Nacional realizó el análisis de una iniciativa legislativa para sacar de las calles, aceras y lotes vehículos en desuso o chatarras, y así eliminar el peligro para la salud que estos representan.

La subcomisión dirigida por el diputado Juan Diego Vásquez, integrada por los comisionados Mariano López y Edison Broce, recibirán las consultas para fortalecer la futura normativa.

El en análisis del proyecto de Ley 837 estuvieron presentes representantes de la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario (AAUD), del Municipio de Panamá, del Ministerio de Seguridad, de la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (Etesa) y del Ministerio de Comercio e Industrias (Mici), además de asesores legales y técnicos de la Asamblea Nacional.

Metodología

Se estableció como metodología, que los participantes deberán enviar sus propuestas en formato Word a la subcomisión. Luego, el proyecto será discutido artículo por artículo y se realizará una mesa técnica para su evaluación a totalidad.

Una vez el proyecto se encuentre en la etapa de primer debate, las organizaciones e instituciones contarán con un máximo de cinco minutos para sustentar sus modificaciones.

Normativa

La iniciativa busca que todos los vehículos abandonados, dañados, considerados chatarra sin uso, o que representan un riesgo de salubridad, de seguridad vial, de obstrucción de vías públicas o privadas de uso público y que atenten contra el ornato público, sean dados de baja y eliminados del parque vehicular.

La ley sería aplicable al Órgano Legislativo, Órgano Judicial, las entidades del Gobierno Central, entidades autónomas, semiautónomas, descentralizadas, empresas mixtas y municipales.

También a todas las personas naturales o jurídicas propietarias de vehículos automotores, tales como, automóviles, autobuses, camiones, camionetas, motocicletas y remolques que se encuentren abandonados, dañados, considerados chatarra sin uso.

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