Cementerios de Las Minas y El Toro deberán ser intervenidos por daños del terremoto
Se ordena al municipio ejecutar acciones inmediatas de contención, rehabilitación y saneamiento en los dos cementerios.
La Dirección Regional de Salud de Herrera ordenó medidas sanitarias correctivas y preventivas de ejecución inmediata en los cementerios de Las Minas y El Toro, en el distrito de Las Minas, tras los daños ocasionados por los sismos del 9 de octubre de 2026.
La disposición está contenida en la Resolución N.° 026 del 22 de octubre de 2026, publicada este martes 27 de octubre en la Gaceta Oficial Digital N.° 30643.
Los informes técnicos incorporados a la resolución documentan daños en ambos camposantos y la necesidad de intervenir las áreas comprometidas.
En el cementerio de Las Minas, una inspección realizada el 21 de octubre identificó numerosas tumbas deterioradas y tres sepulturas que requieren atención prioritaria. Dos presentan restos humanos expuestos, cubiertos provisionalmente con caliche y lonas, mientras que una tercera se encuentra en avanzado estado de deterioro, con riesgo de exposición.
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Por su parte, en el cementerio de El Toro, inspeccionado el 22 de octubre, se reportaron seis tumbas o bóvedas deterioradas y tres con restos expuestos. El informe describe sepulturas fracturadas, restos óseos visibles y restos humanos y ropa quemada de un féretro que salió del ataúd. El estado general del cementerio fue calificado como malo.
En ambos sitios, los técnicos indicaron que no percibieron malos olores ni observaron líquidos o lixiviados.
La resolución aclara que la exposición de restos humanos no implica, por sí sola, la existencia de enfermedades transmisibles. Sin embargo, advierte que las condiciones detectadas requieren atención sanitaria para reducir los riesgos y evitar un mayor deterioro.
¿Qué medidas deberá aplicar la Alcaldía de Las Minas?
El documento ordena al municipio ejecutar acciones inmediatas de contención, rehabilitación y saneamiento en los dos cementerios.
Entre las medidas establecidas figuran:
- Delimitar y señalizar las áreas inseguras, además de controlar el acceso.
- Proteger provisionalmente los ataúdes y las sepulturas afectadas.
- Retirar los escombros de forma segura, sin alterar los restos humanos.
- Evitar el ingreso de aguas y aplicar medidas de higiene y protección para los trabajadores.
La resolución también establece que la desinfección no debe aplicarse automáticamente, sino que debe responder a una evaluación sanitaria específica.
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Además, advierte que las sepulturas deterioradas y las cubiertas con lonas o plástico pueden acumular agua y favorecer la proliferación de mosquitos, por lo que estas condiciones deben corregirse.
Municipio tiene 24 y 72 horas para cumplir
La Alcaldía de Las Minas deberá atender dos plazos, contados a partir de la notificación de la resolución:
- En 24 horas: designar un enlace responsable y presentar un reporte inicial con las acciones ejecutadas, el personal asignado, las áreas intervenidas y las necesidades urgentes.
- En 72 horas: entregar un plan técnico de intervención que incluya una matriz de riesgos, medidas temporales y definitivas, responsables, cronograma, recursos y protección de los trabajadores.
Exhumaciones deberán cumplir protocolos sanitarios
La resolución establece que ninguna apertura de sepultura, exhumación, traslado, reubicación o nueva inhumación podrá realizarse sin las autorizaciones correspondientes, los protocolos exigidos y la supervisión sanitaria aplicable.
También dispone que se preserve la identificación y ubicación de cada persona fallecida y que el municipio mantenga un mecanismo de información para los familiares, evitando divulgar datos personales innecesarios.
La Sección de Saneamiento Ambiental de la Región de Salud de Herrera será responsable de dar seguimiento a las medidas, levantar actas de verificación e informar sobre su cumplimiento. Según los riesgos identificados, coordinará con el Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc), el Cuerpo de Bomberos y las autoridades de ingeniería.
El incumplimiento de las órdenes sanitarias notificadas podrá dar lugar a procedimientos administrativos conforme a la legislación sanitaria, con respeto al debido proceso.